¿Puede finalizar el contrato (sin renovar) luego de haber sido dado de alta de un accidente laboral?

En mi caso sufrí un accidente laboral mientras estaba bajo un contrato a plazo fijo (el cual en mi caso no estaba amparado por la ley) 2 días antes de la segunda finalización del contrato me dan el alta, el cual firmo en disconformidad ya que no se había solucionado el inconveniente en mi pie. Al llegar la fecha establecida no me renuevan el contrato por lo cual quede desvinculada de la empresa. ¿Hay alguna ley que me ampare? Ya que perdí el trabajo a causa del accidente, y el mismo tampoco fue solucionado. ¿Podían finalizar así el contrato?

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Estimada consultante,

Si a usted se le acababa el contrato, técnicamente no la han despedido, sino que no la han renovado, que es muy distinto. Esto no quiere decir, sin embargo, que usted no tenga nada que hacer. Ha sufrido un accidente laboral y, como tal, producido en el ámbito de la empresa, por lo que habría que ver si la empresa (o el seguro de RC que tenga) deben indemnizarle.

Para ello lo primero es comprobar, a través de las acciones oportunas, si la empresa cumple con las medidas de seguridad e higiene en el trabajo. Y ello no implica que se "crea" que las cumple, sino que la ITSS lleve a cabo los mecanismos oportunos para ver si la empresa cumple con todas las medidas en materia de prevención de riesgos laborales. La cuestión está en que si la empresa no cumple con estas medidas de seguridad e higiene en el trabajo, es responsable directa del accidente que usted sufrió, debiéndole indemnizar por ello.

Le invito a que, gratuitamente y sin compromiso, nos contacte en el 951 71 50 41 o en www.lariosabogados.es y le atenderemos personalmente.

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