Herencia

Hola, ante todo gracias por su atención..
Mi problema se plantea en torno a una herencia. Mi madre tiene una hermana que desde siempre vivió en casa de mis abuelos con su familia (marido e hijos) ahora que mi abuelo está mayor quieren dejar la herencia repartida, osea la casa donde ellos vivien una parte pertenece a mi madre con lo cual acordaron pagar la parte proporcional. Tasaron la casa y su precio era de 15.000.000 de ptas. Todo esta bien y se iba a firmar. Pero tiempo antes mi primo nos dijo que pidió una nueva tasación de la casa y que el nuevo valor era de 10.000.000 de ptas. Con lo cual no nos iba a pagar la parte que nos correspondía de los 15 sino de los 10 millones. Mi madre creyéndole siguió con el papeleo y accedió a firmarlos. Ahora tiempo más tarde se ha enterado por el banco que no existió ninguna segunda tasación y era la primera tasación (la de 15 millones) la que seguía vigente, pero claro ya esta todo firmado.
Ahora bien..
¿Qué posibilidades hay? ¿Qué podemos hacer? Si la herencia se hace según la tasación de la vivienda sería sobre los 15 millones, ¿no?
¿Se puede hacer algo al respecto?
Un saludo y gracias!
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Disculpa la tardanza, hay tantas consultas. Pero bueno, mira primero que nada es un principio de que mientras la persona este viva, nada se puede hacer con su patrimonio, es decir tu abuelito esta mayor, pero no muerto. El puede dejar sin efecto su testamento y hacer otro completamente diferente. Ahora si lo que hubo fue una donación, vaya la cosa cambia, se supone que tu tía como hermana de tu mama debe ser considerada, darse cuenta que por asuntos de dinero no van a ponerse a discutir las familias. Presenta al banco una solitud de reavaluo, si no existe y en la escritura se habla de 15 millones y no de 10, entonces puedes exigir en un proceso ordinario la ejecución del pacto. De todas formas, necesito otra información, cuéntame más del tema si te parece y por favor dime de que país eres, un abrazo.

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El valor de los bienes a tener en cuenta una vez se proceda a la partición será el de mercado en ese momento.
Sólo le asistiría una acción para reclamar el perjuicio teniendo en cuenta que el mismo fuese superior a un 25% del valor adjudicado a su madre en su día.
Angel Palomino
www.palominoabogados.com

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