¿Debo pleitear?

Hola quisiera saber que posibilidades tengo de ganar el pleito siguiente:
Hace 18 años compramos entre cuatro personas una parcela, la dividimos y acordamos dejar tres metros de camino para permitir la entrada a los dos propietarios que teníamos nuestra parte de parcela en la parte posterior, todo ello por escrito. Pues bien se hizo el camino correspondiente, pero ahora que necesito meter un camión me he puesto a medir y me he dado cuenta de que al camino le faltan 30 cms de anchura, parece ser que en su día no la medimos bien . Pienso reclamar a los lindantes la achura de los tres metros acordados, pero me dicen ellos que no me la dan porque ellos tienen su vallado puesto hace 18 años y que me tenía que haber dado cuenta antes, y que si los denuncios en caso de yo perder le tendría que pagar a ellos los gastos que le ocasione con motivo de buscarse un abogado y procurador. Mis preguntas son las siguientes ¿qué posibilidades tengo de ganar el pleito? ¿Es cierto que de perder tendría que pagarles esos gastos? Muchísimas gracias.

1 respuesta

Respuesta
1
Necesito que me aclares si para la división de la parcela hicisteis ante Notario lo que se llama una segregación.
Y en cuanto al acuerdo que tomasteis por escrito de dejar 3 metros para abrir un camino, si también lo elevasteis a Escritura Pública ante Notario.
Aparte de eso, te anticipo que los contratos obligan entre las partes, y desde luego, si firmasteis que el camino debía tener 3 metros de ancho, lo puedes exigir aun habiendo transcurrido 18 años.
Lo que firmasteis para abrir el camino se denomina servidumbre de paso, en este caso voluntaria. No obstante, entiendo que incluso podrías solicitar una servidumbre de paso legal (que son las que se contemplan en el código civil como tales), pues tenéis las necesidad de acceder a vuestras parcelas a través de las de los otros.
En cuanto a las posibilidades de ganar un hipotético pleito, yo veo bastantes, pero no obstante, no te lo puedo asegurar al 100%, pues mucho depende de una tercera persona, el Juez.
Por cierto, no te esperes mucho más. Aclaraló pronto.
Ante todo te doy las gracias por haberme atendido. Te aclaro lo siguiente:
Las parcelas están segregadas en escritura pública, pero el acuerdo de dejar tres metros de camino lo hicimos entre todos en un simple escrito, aunque firmado por todos. La duda principal es que cuando se midió el camino nos pusimos de acurdo sin topógrafo ni nada y ellos dicen que como estábamos de acuerdo con esas medidas y así hemos venido estando, que ahora al cabo de los años si no se midió bien ya no les puedo reclamar nada, me dicen que la ley dice que la torpeza cometida no da derecho a la rectificación. Por otra parte si yo perdiese, ¿tendría qué pagarle los gastos que ellos hiciesen de abogado y procuradores al haberlos denunciado erróneamente? Muchísimas gracias de nuevo. Un saludo
Desde luego, esa norma sobre la torpeza no la conocía aún...
Fuera bromas, yendo al grano, el primer paso que era el de segregar ya lo tenéis bien hecho, así que ahora viene la segunda parte.
En esas condiciones, y si tu parcela no tiene otro acceso que no sea a través de las parcelas de tus "socios", tienes derecho a solicitar una Servidumbre de Paso.
Como dicha servidumre la habéis constituido voluntariamente, aunque sea en documento privado, obliga a todos los que firmaron.
Así las cosas, ellos te podrán decir que es torpeza, que ya hace muchos años que no se ha dicho nada, en fin, lo que quieran. Pero lo cierto, es que puede haber ocurrido, por ejemplo, que tus "socios" al construir la valla de sus parcelas, no midieran bien y estrecharan el camino. O puede haber ocurrido que quienes midieron fueron ellos y lo hicieron mal. Vamos lo que se les ocurra decir. Pero tú sigues teniendo un documento firmado donde dice que son tres metros de camino.
Así las cosas, veo muchas posibilidades de que ganes el hipotético pleito. Mi recomendación es que busques a un topógrafo u otro profesional que pueda hacer la medición del camino, y que con el informe, les remitas un burofax exigiendo que el camino se ensanche hasta los tres metros.
Si no te hacen caso, busca a un abogado de tu confianza y solicita ante el juzgado que se cumpla el contrato firmado de manera que el camino se ensanche hasta los tres metros pactados, y además, que se obligue a todos los contratantes a elevar a público dicho contrato en el que se constituye la servidumbre voluntaria de paso. Una vez lo tengas, inscribe dicha servidumbre en el registro de la propiedad, así será pública la carga y estará perfectamente constituida.
En cuanto a lo de las costas, es cierto que si pierdes puede que las tengas que pagar tú, pero también es cierto que si pierden ellos, las pagarán ellos.
No veo que sea un error el demandarlos judicialmente, si no más bien todo lo contrario, estarías exigiendo lo que se pactó, ni más ni menos.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas