Sobre servidumbre de paso

Tengo una vivienda de nueva construcción registrada en la que no figura ninguna carga Anexo a la parcela hay un camino privado que da paso a 2 parcelas detrás de la mía. Parece ser que en una escritura antigua aparece servidumbre de paso.
Originalmente era una única parcela, por herencia se separó en 3 partes y un camino que sale de la calle principal por un lateral y da servicio a la parcela2 y la parcela 3. La parcela 1 tiene acceso a la calle principal.
Mirando en el registro y catastro, aparecen como míos la parte de la calle que linda a mi parcela, incluyéndose en el IBI el coste de ese camino.
El resto de parcela alude a esa escritura antigua en el que aparece el derecho de servidumbre de paso, pero en mi escritura reciente ni en el registro aparece ninguna carga.
Yo quiero hacer una servidumbre nueva en el que aparezca oficialmente el paso a las 2 parcelas y como compensación quisiera recibir el coste de la demasía del IBI anual al incluirse la parte del camino como metros de mi parcela, ya que, supongo que regularizar la situación puede ser más costoso (topógrafo, escrituras, etc...) que el regularizarlo como quiero.
La pregunta es, ¿Los vecinos de las parcelas 2 y 3 pueden negarse a realizarlo eludiendo a esa escritura del testamento en el que aparece servidumbre de paso?
¿Si fuera válida esa servidumbre de paso no debería de reflejar alguna carga en mis escrituras actuales?

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Asegúrese de que la servidumbre esté inscrita en el Registro de la Propiedad, habida cuenta que la servidumbre de paso no se adquiere por prescripción adquisitiva, ya que no es continua.
Acuda al Registro de la propiedad y solicite una copia de las dos fincas a ver en qué estado se encuentran respecto a la servidumbre que usted alude y que yo dudo de su existencia, por una razón muy sencilla, toda servidumbre necesita de dos elementos imprescindibles y faltando uno de ellos, no es tal servidumbre. Me refiero a un predio "dominante" que es el que se beneficia de la servidumbre y un predio "sirviente" que es el que consiente y soporta dicha servidumbre.
Por el relato de los hechos que usted hace hay supuestamente un predio dominante, pero no hay predio sirviente, y al faltar uno de los dos elementos, como le he indicado y repito, no existe servidumbre alguna.
Ruego cierre la pregunta y valore.

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