Cláusula abusiva

Buenas, el promotor de una finca de obra nueva, ya construida y con gente viviendo, me obliga a
hacerme cargo de la plusvalía (que como se paga dentro de dos años, va incluido como cantidad para
provisión de fondos, que morro tienen...), y que si no la quiero pagar, no me vende el piso.
Obviamente, después de todos los trastornos, y que me quedaría sin piso, tengo que tragar con la cláusula.
He leído que se pueden plantear quejas a posteriori, aunque yo haya firmado y pagado...
Realmente el último recurso que me queda es la pataleta, pero quiero que se fastidien un rato e incordiarles
lo que pueda, porque meterme a un juicio, serían muchos gatos para mi, aunque a lo mejor podría convencer a
algunos vecinos para hacer fuerza ¿Hay más vías que la judicial, alguna manera
de una vez firmado el contrato de compraventa y la escritura (lo firmo la próxima semana), pueda
después reclamar que me han hecho aceptar una cláusula abusiva, ya que por ley le tocaría a él pagarlo?
Otra pregunta sería:
¿Cuánto costaría que me acompañara un abogado a la firma de la escritura?
Realmente, me siento frustrado y no entiendo como la ley permite estos abusos en las escrituras, la verdad...
Un saludo.

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El conocido problema de la imputación del arbitrio sobfe el aumento del valor de los terrenos urbanos, antigua plusvalía, se soluciona por la norma indicando que el obligado a su pago es quien percibe el aumento patrimonial, es decir, el promotor, SALVO que en Escrituras se pacte otra cosa. El pacto escriturario supone una dispensa singular de la norma, y por lo tanto el adquirente, en este caso, viene obligado - sólo por haberlo convenido así - al pago de la plusvalía.
Ahora bien, para el ayuntamiento, si el adquirente no paga, siempre será responsable el promotor, pues el Ayuntamiento es ajeno al contrato, y, como tal, a él no le obliga la ley del contrato.: El Ayuntamiento echa mano de la norma e irá contra el promotor. Otra cosa es que con posterioridad el promotor pueda, por mor del contrato, dirigirse contra Vd. Pero puestos a incordiar ...
Gracias por la respuesta. El tema está en que te obliga a pagarlo en la escritura, cuando aún no existe ese gasto, como provisión de gastos, por lo tanto, no te da ni la oportunidad de no pagarlo. El tema está en que me obliga a firmar algo si lo quiero, que por ley le toca a él. ¿Podría hacer que el díad e la escritura se añadiese algo, que hiciera ver mi disconformidad con ese pago? Lo veo difícil, pero por joribiarles un rato.
Como la Escritura es notarial, podrías hacer que el Notario hiciera constar en la misma tu disconformidad a pagar un concepto que aún no está liquidado y que, en su caso, lo pagarás cuando se te pase la liquidación que al Promotor le haga el Ayuntamiento por tu piso, o la correspondiente división porcentual propia de tu piso.
Claro que el promotor ante tu resistencia puede decir que no te vende, y te quedas sin piso.: Entonces cont´3estale que sí se lo pagas, pero en el momento en que se te notifique la liquidación, con lo cual admites el pagarlo pero difieres el momento.

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