Contrato
Hola,
Mi empresa a firmado un contrato "contrato de deposito de fuentes de agua fría" entre otras tiene la siguiente clausula referente a la duración del mismo
- "la duración del contrato será de una año natural a paritr de la fecha del efecto, renovándose de forma automática salvo comunicación por escrito 15 días antes"
- El presente contrato se regirá por las condiciones particulares y generales, así como por las disposiciones del código de comercio
¿Podemos rescindir el contrato? ¿Hay penalización?
Mi empresa a firmado un contrato "contrato de deposito de fuentes de agua fría" entre otras tiene la siguiente clausula referente a la duración del mismo
- "la duración del contrato será de una año natural a paritr de la fecha del efecto, renovándose de forma automática salvo comunicación por escrito 15 días antes"
- El presente contrato se regirá por las condiciones particulares y generales, así como por las disposiciones del código de comercio
¿Podemos rescindir el contrato? ¿Hay penalización?
Respuesta de Blas ..
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