Venta particular a clientes de inmobiliaria

Les cuento. Tenemos un piso en venta con varias inmobiliarias y también a nivel particular (cartel en el piso y a través de internet). Una inmobiliaria trajo a una pareja que resulto estar interesada en el piso. Después vieron el anuncio en internet y se pusieron en contacto con nosotros directamente. Ellos no tienen firmado ningún documento (ni hoja de visita) con la agencia.
Nosotros (los vendedores) no tenemos firmado contrato de exclusividad, pero si, en la autorización de venta, hay una clausula en la que nos comprometemos a no vender de manera particular a clientes traídos por la agencia.
Los compradores quieren ahorrarse la comisión de la agencia y comprar de manera particular, ya que dicen que con lo que cobra la agencia el piso se pone en un precio excesivo, y no pueden pagarlo.
¿Qué problemas podemos tener nosotros si accedemos a sus pretensiones y no vendemos a través de la inmobiliaria? ¿Qué tipo de penalización nos pueden exigir? ¿Podemos firmar un contrato con los compradores en el que se hagan cargo de cualquier pago a la inmobiliaria que pudiera derivarse de su actuacio? ¿Podrían comprarlo a través de otra inmobiliaria que les cobrase una comisión menor? ¿Seria mejor intentar negociar la comisión con la inmobiliaria?

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La comisión que suele cobrar la inmobiliaria es de un 3 o 6% del valor del piso, dependiendo de las zonas, con lo que el precio se eleva.
Al tener el contrato de exclusividad firmado, en principio, no podéis vender a clientes de la agencia el piso de forma particular, bajo la pena de que os soliciten indemnización por daños y perjuicios y el pago de dicha comisión.
Ya que los compradores no firmaron ninguna hoja de visita ni nada, vosotros internamente y sin que se entere la agencia, podéis pactar la venta con los particulares, y además son ellos los que os lo han propuesto.
Pues bien para aseguraros, podéis firmar un contrato ante notario con los particulares en el que digáis que en el caso de que la inmobiliaria os reclame algo, se hacen cargo del pago de dichas deudas, las personas tal y tal eximiendoos totalmente a vosotros de responsabilidad alguna.
Por otro lado la inmobiliaria no va a querer negociar mucho la comisión, y ellos tampoco podrían comprarlo a través de otra inmobiliaria por el citado pacto de exclusividad.
Lo primero es agradecerles el tiempo empleado en contestarnos.
Solo aclararle que el contrato con la inmobiliaria NO es en exclusividad (por eso les he consultado lo de la segunda inmobiliaria, ya que tenemos el piso en varias de ellas).
Supongo que esto no cambia significativamente su respuesta, ¿verdad?
Lo siento, no había reparado en ello. Decirle que al no ser el contrato de exclusividad, es válido de mi respuesta anterior, lo de que no se puede vender a clientes de la agencia bajo la pena de que os soliciten indemnización por daños y perjuicios y el pago de dicha comisión.
Lo de que podéis pactar la venta con los particulares, y lo de que podéis firmar un contrato con los particulares.
También lo de que la inmobiliaria no va a querer negociar la comisión, pero en este caso si que lo podéis hacer a través de otra inmobiliaria ya que no tenéis cláusula de exclusividad, y a esos clientes os lo puede presentar otra inmobiliaria que cobre menor comisión.
Lo más viable y menos arriesgado es lo de la segunda inmobiliaria, aunque si los particulares no quieren, tendrán que intentar llegar a un acuerdo interno firmando el antedicho contrato ante notario.
Saludos. Disculpas por mi equivocación.

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