Deslinde de una parcela rustica

Compre una parcela rustica que según catastro tenia 3500 metros pero los colindantes que compraron hace 20 años se metieron por ambos lados pues
los dueño estaban en el extranjero.
A mi me vendieron 2900 por lo que el catastro me exijio un plano gráfico y descriptivo de la parcela que me lo hizo un Arquitecto tomando como base un lado de la parcela y reduciendo la otra y esta aceptado y corregido la parcelación .El colindante medice que el seadentra en mi parcela 4 metros
con lo cual ya no tendría yo los 2900 metros. Como el no se llama adialago.
Que me puede suceder si yo cerco la parcela por el plano catastral.
Respuesta
1
Si hace esa vaya en terreno ajeno cogiendo esos 4 metros comete un delito de usurpación, según el art 246 del CP, que establece que el que altere términos o lindes de pyeblos o heredades o cualquier clase de señales o mojones destinados a fijar los límites de propiedades o demarcaciones de predios contiguos, tanto de dominio público como privado, será castigado con pena de multa de 3 a 18 meses, si la utilidad reportada o pretendida excede de 400 euros. Si no excede de 400 euros será castigado con multa de 10 a 30 días, siempre que medie denuncia del perjudicado.
No se que utilidad o valor tendrán dichos 4 metros, pero si es menor a 400 euros, solo se le puede imponer una multa de 10 a 30 días, que suele ser alrededor de 6 euros día siempre y cuando haya denuncia del perjudicado.
En el caso de que pase los 400 euros el valor del terreno o su utilidad, y sin necesidad de que el perjudicado denuncie, la multa que le pueden poner es de 3 a 18 meses, a unos 6 euros días, lo máximo le puede salir 2700 euros de multa.
En ningún caso va a tener pena de prisión, solo multa, salvo que lo haga utilizando violencia o intimidación, en cuyo caso la multa puede ser de 6 a 18 meses, además de las penas por la violencia o intimidación que haya utilizado.
Mi recomendación es que se arriesgue a ser multado y a devolver los lindes como estaban, poniendo la vaya sin que el vecino se de cuenta o en un momento en el que no esté y a ver que pasa, porque esos 4 metros no creo que valgan más de 400 euros, o reporten utilidad de 400 euros.
Si no y para hacer todo legalmente, puede iniciar un expediente de dominio por medio de abogado ante el juzgado, para que le den esos 4 metros.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas