Se paraliza la usucapión

Blas quisiera saber si la usucapión se paraliza cundo yo compro un terreno que esta invadido por un colindante que tiene una franja de ese terreno y dice que no me la da. 2ªpuedo yo vallar según mis linderos recientemente aceptados por el catastro y que me denuncie el que tal vez no lo haga. 3ªQue diferencia hay a que el me denuncie o yo lo denuncie a el. 4ª esto es en Tenrife Canarias por cuanto me saldrían las cotas totales del juicio en caso de que lo perdiera yo tirando por lo alto haber si lo puedo plantear.

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Es cierto que la carga de la prueba recae sobre el usucapiente, pero usted no puede vallar su terreno sin más, sino que tiene que solicitar al juzgado, la recuperación de la posesión de ese trozo, no puede echarle por las bravas.
Aunque es posible, que si lo hace el otro no diga nada.
Al ser una usucapión extraordinaria es cierto que todavía no ha adquirido dicho terreno por usucapión, y no es propietario del mismo, pero en estos momentos tiene la posesión sobre el mismo, y para recuperar la posesión de ese trozo de terreno por parte de usted es necesario que lo solicite al juzgado.
Es como si alguien te entra en casa de ocupa, no puedes echarle por las buenas, sino que debes solicitarlo al juez, para que de una orden de desalojo.
Por otro lado, rectifico, es cierto que se ha paralizado la usucapión, al poseer usted buena fe en la compra y justo titulo por estar inscrita en el registro de la propiedad.
Cuando tu compras un terreno, al tener el otro la posesión del mismo, esa usucapión o prescripción adquisitiva no se paraliza, sino que sigue existiendo.
Por otro lado tu no puedes vallar tus linderos sin más, necesitas una autorización judicial, y tendrías que interponer una demanda de recuperación de derechos posesorios.
Si lo vallas sin pedir autorización, y te denuncia te podrán imponer una multa bastante elevada, aunque si dices que quizás no se quedeje, pues no se, lo dejo a tu elección.
Lo correcto es que tu lo demandes ante el juzgado solicitando tu trozo de terreno, y si ganas el tendrá que pagar tanto los gastos de su abogado como los del tuyo.
En el caso de que pierdas, las costas dependen del valor del terreno que reclamas, y de los honorarios del abogado, que si el terreno no vale mucho, no serán demasiado elevadas, además también depende de los recursos, etc...
Mi consejo es que hables con el y le justifiques que realmente te pertenece y que te lo ceda, si no lo hace voluntariamente te recomiendo que acudas a un abogado civilista, y le digas que intente negociar con el y que le envíe un escrito, si no habrá que ir a juicio.

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