Perjudicado en proceso penal

Estamos comparecidos en un proceso penal en calidad de perjudicados (es decir, no como acusación), al tener unos perjuicios derivados de delito. En su momento, comparecimos en el proceso, con abogado y procurador.
EL proceso se encuentra en la siguiente fase: el juzgado ha dictado auto de continuación del procedimiento, dando plazo a fiscal y acusación para presentar escrito de acusación. Nosotros, en calidad de perjudicados, ¿tenemos qué comparecer en algún momento? ¿Debemos presentar escrito de acusación? ¿Tenemos qué comparecer a alguna vista?

2 respuestas

Respuesta
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Vosotros solamente tendréis que comparecer si se os dio traslado para ello, el escrito de acusación lo podéis presentar o no, pero recomiendo que lo hagáis para presionar más.
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No se la relación actual con el abogado y procurador que os llevó el asunto, si sigue, le habrán dado traslado para calificar después del fiscal y antes que la defensa.
Si ya no sois parte procesal, ninguna calificación habéis de hacer sino conformaros con lo que haya calificado el Fiscal.
Supongo que os citaran a juicio como testigos propuestos por el Fiscal.

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