Inadmisión de denuncia

En un juicio laboral la empresa soborno a los testigos que llevaba yo, uno no acudiendo y al otro no le pudimos llamar a declarar porque sabíamos que estaba sobornado. El día anterior al juicio llame a los dos testigos por teléfono y me confesaron que estaban sobornados y grabe las conversaciones. Lo he denunciado ante el juzgado de instrucción y me he quedado alucinado cuando me han respondido el juez que decreta el sobreseimiento provisional y el archivo, y pone en delito: delito sin especificar, cuando en la denuncia pongo bien claro que se ha podido cometer un delito de soborno entre particulares no sé si en tentativa o consumado, delito contra la administración de justicia y delito de coacción. Cuando presente la denuncia en el juzgado llevaba las conversaciones grabadas y la factura de teléfono para comprobar su veracidad y me dijo el secretario que no me las recogía que ya me las pedirían si fueran necesarias, por lo visto el juez cree que no hay ningún indicio de delito cuando no la admite a trámite cosa que me extraña muchísimo... Ahora me dan un plazo de tres días para presentar un recurso de reforma y subsidiario de apelación o un recurso de apelación en cinco días y la verdad no sé que es lo que debo hacer porque solo tengo tres días... La verdad no soy experto en justicia pero que no vea indicios de delito me ha dejado sorprendido.

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Para presentar esos recursos necesita hacerlo por medio de abogado, pues una cosa es la denuncia de un delito para el que no necesita de abogado y otra distinta es la presentación de recursos para lo que requiere necesariamente estar personado en el proceso por medio de abogado y procurador
Si intenta presentar el recurso por su cuenta se lo van a desestimar, en la Audiencia Provincial son bastante rigurosos con esto
El proceso penal se puede iniciar por denuncia sin necesidad de abogado lo que supone que no está personado o por querella por medio de abogado lo que supone la personación
Si no se persona no puede realizar trámites procesales, y estos quedan en manos del Fiscal, no pudiendo tampoco presentar recursos contra las resoluciones judiciales
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Pues la única solución que tiene es contactar urgentemente un Abogado que se dedique al Derecho Penal, ya que si ha sido hoy cuando se lo han notificado, mañana empieza a contabilizarse el plazo caducidad y no hay mucho margen para ello.
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