Exposición de motivos (Ley Antibotellón)
Toda ley surge de unas motivaciones, que se recogen en la exposición de motivos.
Creo que en leyes polémicas como la Ley Antibotellón, y concretamente la "Ley de potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en espacios abiertos" recientemente aprobada en Andalucía, la exposición de motivos es esencial.
Pues bien, estamos hablando de una ley que hace la Junta de Andalucía para que cada municipio en función de su realidad, decida aplicarla o no.
Si en un municipio no se dieran ninguna de las circunstancias que se describen en la exposición de motivos de la ley, es decir, un municipio en el que no se produce el fenómeno del botellón y sus consecuencias ¿Es legal que aplique la dicha ley?, es decir, ¿pueden, sin más, prohibir el consumo de bebidas en la vía pública (y no habilitar, como propone la ley, espacios donde se pueda hacer)?
Creo que en leyes polémicas como la Ley Antibotellón, y concretamente la "Ley de potestades administrativas en materia de determinadas actividades de ocio en espacios abiertos" recientemente aprobada en Andalucía, la exposición de motivos es esencial.
Pues bien, estamos hablando de una ley que hace la Junta de Andalucía para que cada municipio en función de su realidad, decida aplicarla o no.
Si en un municipio no se dieran ninguna de las circunstancias que se describen en la exposición de motivos de la ley, es decir, un municipio en el que no se produce el fenómeno del botellón y sus consecuencias ¿Es legal que aplique la dicha ley?, es decir, ¿pueden, sin más, prohibir el consumo de bebidas en la vía pública (y no habilitar, como propone la ley, espacios donde se pueda hacer)?
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Respuesta de anuskavigo
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