Contrato y servidumbre
Es un edificio que consta de planta baja y huerto en la primera planta. La planta baja es de mi propiedad y el huerto es
De otro propietario.
La entrada o caja es comunitaria. En la caja hay dos puertas, una que accede a la discoteca y la otra puerta que accede al huerto.
Cuando hice la discoteca hace 20 años instale con el permiso del propietario varios elementos de la discoteca en el huerto.
Con fecha de 19/06/2006 el propietario del huerto y yo llegamos a un acuerdo monetario e hicimos un contrato con varias clausulas entre las que se encuentra esta.
- El Sr xxxxxx se compromete a respetar las instalaciones que actualmente existen en el huerto de su propiedad, correspondientes a las instalaciones de aire acondicionado, extractores y bombas de presión y sus respectivas entradas y salidas, así como el aljibe de agua, comprometiéndose a que serán mantenidas tanto por el mismo como por terceras personas que puedan devenir en el futuro propietarias del citado huerto.
A tal efecto, y con la finalidad de obtener el reconocimiento frente a terceros de tales servidumbres el Sr (YO) me comprometo a presentar en el plazo de seis meses desde el día de hoy, y ante los juzgados de 1ª instancia de xxxxxxx el escrito de demanda necesario para que por parte de la autoridad Judicial se reconozca la existencia de las servidumbres referidas en el anterior párrafo.
Pregunto:
¿Tengo derecho a subir al huerto para poder revisar o arreglar las instalaciones que tengo instaladas?.
Después he sabido que con fecha de 10/04/2006 el propietario del huerto alquiló, con contrato, el huerto a una persona y ahora este no me permite acceder al huerto para que pueda reparar el aire acondicionado.
¿Qué opina de que el propietario hiciera primero un contrato sobre el huerto con otra persona y después estando ese
contrato activo hiciera otro contrato conmigo?
¿Según usted que tengo que hacer?
He contratado a un abogado pero me gustaría tener varias opiniones.
De otro propietario.
La entrada o caja es comunitaria. En la caja hay dos puertas, una que accede a la discoteca y la otra puerta que accede al huerto.
Cuando hice la discoteca hace 20 años instale con el permiso del propietario varios elementos de la discoteca en el huerto.
Con fecha de 19/06/2006 el propietario del huerto y yo llegamos a un acuerdo monetario e hicimos un contrato con varias clausulas entre las que se encuentra esta.
- El Sr xxxxxx se compromete a respetar las instalaciones que actualmente existen en el huerto de su propiedad, correspondientes a las instalaciones de aire acondicionado, extractores y bombas de presión y sus respectivas entradas y salidas, así como el aljibe de agua, comprometiéndose a que serán mantenidas tanto por el mismo como por terceras personas que puedan devenir en el futuro propietarias del citado huerto.
A tal efecto, y con la finalidad de obtener el reconocimiento frente a terceros de tales servidumbres el Sr (YO) me comprometo a presentar en el plazo de seis meses desde el día de hoy, y ante los juzgados de 1ª instancia de xxxxxxx el escrito de demanda necesario para que por parte de la autoridad Judicial se reconozca la existencia de las servidumbres referidas en el anterior párrafo.
Pregunto:
¿Tengo derecho a subir al huerto para poder revisar o arreglar las instalaciones que tengo instaladas?.
Después he sabido que con fecha de 10/04/2006 el propietario del huerto alquiló, con contrato, el huerto a una persona y ahora este no me permite acceder al huerto para que pueda reparar el aire acondicionado.
¿Qué opina de que el propietario hiciera primero un contrato sobre el huerto con otra persona y después estando ese
contrato activo hiciera otro contrato conmigo?
¿Según usted que tengo que hacer?
He contratado a un abogado pero me gustaría tener varias opiniones.
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Respuesta de cmrivero
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