¿Jucio por falta leves?

He tenido un juicio por faltas donde yo demande a una persona por insultos y amenazas, en el momento del juicio dijo que yo la había agredido físicamente -cosa que es absolutamente falsa - pero no hubo testigos solo mi marido (quien declaro pero no se considero ), el juez dice que la absuelve completamente por que es su palabra contra la mía y hay manifiesta animadversión mutua, y que ya nos hará llegar los costos del juicio (ninguna de las partes presento abogado)
Necesito saber :
- ¿Al declararla a ella absuelta quedo yo con alguna causa pendiente?
- Cuanto es lo que tendré que pagar
- ¿Pagamos entre las dos partes o al ser absuelta solo pago yo?
- Si se puede apelar.

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Respuesta
1
Le respondo por orden:
Al declararla a ella absuelta usted no tiene ninguna causa pendiente ni queda ningún tipo de constancia oficial ni nada.
No tiene que pagar ningún tipo de costas del juicio, porque en todo caso ir a un juicio de faltas con abogado es voluntario no lo exige la ley. Eso que Ud. ve y aparece en la sentencia al final de que se declaran de oficio las costas causadas es un mero formulismo que ni Ud. ni la otra señora tendrán que pagar nada en absoluto.
Y se puede apelar dentro de los cinco días siguientes a que Ud. recoja la sentencia, pero para eso si necesitaría abogado y procurador que tendría que costearse Ud.

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