Delito de daños vía penal y reclamación de cantidad vía civil
Como denunciante fui a un juicio de injurias y el juez resolvió en el mismo procedimiento también el de daños, condenó al denunciado por injurias y le absolvió del de daños.
Yo sólo iba al de injurias no sabía que en el mismo se verían también los daños de ahí que para el de daños no llevé a los testigos que tenía.
Por vía penal ha quedado absuelto del de daños pero tengo pendiente por vía civil un
juicio verbal por reclamación de cantidad a consecuencia de los desperfectos
ocasionados por el alquiler de una habitación a este señor, ¿si ha quedado absuelto por vía
penal del de daños tiene razón de ser que se celebre por vía civil el juicio
verbal?, para este llevo pruebas y testigos cosa que no pude hacer en el
penal porque no sabía que el juez también iba a decidir sobre él, nadie me
aviso.
¿Yo me pregunto si por vía penal ha sido absuelto del delito de daños como lo van a condenar por vía civil a pagar esos daños?