Cancelación de un vuelo, indemnización

El pasado 18 de Julio me presento en el mostrador de facturación de Lagun-air del aeropuerto de León, pues volaba con ellos esa tarde. Allí me informan de que mi vuelo ha sido cancelado, por avería en un motor. Como solución les propongo que me incluyan en el siguiente vuelo a Madrid que haya en otra compañía.
No acceden a tal petición, pues me dicen reiteradamente que puedo viajar en un autobús que iban a fletar, o sino me harían la devolución del importe de mi reserva, ¿además de una indemnización que legalmente me corresponde de 250? Por persona.
Este hecho no lo quisieron hacer constar de ninguna manera. Incluso ante mi insistencia el empleado me preguntó a ver si lo tomaba por mentiroso
Por supuesto les pedí una hoja de reclamaciones, para que al menos quedase constancia escrita de lo que me estaban prometiendo, (no podía coger el autobús por diversas circunstancias). Les adjunto copia de la reclamación.
Pues bien, ahora resulta que se niegan en banda a pagarme la devolución prometida, pues se escudan en que el vuelo fue cancelado "por circunstancias extraordinarias de fuerza mayor", cuando en su día era un fallo de motor, y otro día, en conversación telefónica, era porque les habían dado un golpe en el avión, y más tarde no podían darme el dato de la causa de cancelación pues era información interna que ellos ponían en conocimiento de quien correspondiese. Es decir, no hacen más que mentirme.
De manera casi irrisoria, me alegan que no procede la indemnización, además porque me ofrecieron un trasporte alternativo ¿"comparable"?, un autobús frente a un avión, 1 hora escasa de vuelo frente a más de 3 horas de viaje en autobús. Me están tomando el pelo.
Ante esta situación, yo me pregunto.
1-¿Cómo puedo yo saber cual fue la causa real (o al menos de la que ellos dieron parte, porque a mi juicio fue que simplemente no llenaron el avión) de la cancelación de vuelo? ¿Tienen ellos obligación de probarla? ¿Cómo?
2-¿Es correcta la práctica de que sean ellos mismos quienes entreguen la copia de la reclamación a la administración correspondiente? Me dijeron que yo solo tenia que quedarme con mi copia, las otras eran para ellos y la Administración
3-¿Cómo puedo reclamar la indemnización "prometida", y que ahora tratan de eludir? Sólo me dicen que fue un error de sus empleados al decírmelo, y que ya tomaran medidas con ellos. O sea, que pago yo "el error" de sus empleados, y se quedan tan frescos.
Me encuentro en total indefensión, porque con su excusa de "se canceló por circunstancias extraordinarias" se lavan las manos. Y por desgracia creo que es una practica de la que abusan está y otras compañías.
Espero que puedan orientarme sobre esta situación.
A la espera de sus noticias, les saluda atentamente: monyeal

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Según el Reglamento (CE) núm. 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo (en vigor desde el día 17 de febrero de 2005), la compañía será responsable de la cancelación y deberá indemnizar a sus pasajeros salvo si prueba que se adoptaron todas las medidas razonablemente necesarias para evitarlo o que fue imposible adoptar dichas medidas. La compañía pondrá a disposición de los pasajeros el transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento. De acuerdo con el Reglamento 261/2004 se puede presentar un recurso ante los Tribunales de Justicia competentes con el fin de obtener una compensación suplementaria
En tu caso es difícil saber la causa real por la dificultad en la prueba. Te indico otros documentos de prueba por si te pueden ser útiles:
Denuncias o reclamaciones realizadas ante el corresponsal en destino. Si no se puede por cualquier causa presentar una reclamación "in situ", conviene en cualquier caso quedarnos anotar los nombres del personal que nos han atendido en destino, de las empresas subcontratadas en su caso (transportes, etc..) para luego hacerlo constar en la reclamación.
- Quejas colectivas. A menudo en quejas de ámbito general conviene durante el viaje preparar una simple hoja de papel describiendo la queja y firmarla todo el grupo en una relación de nombre, apellidos y DNI.
-Los documentos audiovisuales: fotografías, vídeos, especialmente útiles si consta la fecha de su obtención pueden ser útiles para probar, por ejemplo, el estado de las infraestructuras.
En caso de tener que probar datos de carácter meteorológico y estados de alerta o emergencia (huracanes y demás especies), los documentos accesibles por internet de los servicios de protección civil de los países de destino (declaraciones oficiales, partes etc..) o de los centros meteorológicos internacionales son perfectamente admisibles en juicio como prueba.
Si se ha tenido que incurrir en pagos adicionales, conservar las facturas de todos los gastos ocasionados.
Pruebas de daños morales (situación de impotencia, zozobra, ansiedad o angustia, aflicción o perturbación que supone un gran retraso, en especial si no te prestan la obligada atención).
- Lucro cesante cantidad dejada de ganar a consecuencia del perjuicio causado, por ej., pérdida de días de salario o días de negocio. Habría que aportar nóminas, y en el caso de autónomos o empresarios, balance y contabilidad de la empresa para estimar la facturación media diaria.
Si te ves en esta situación de indefensión dirígete a la Dirección general de aviación civil dependiente del Ministerio de Fomento. Paseo de la Castellana, 67
28071 Madrid
Teléfonos: 91 597 83 21 ó 91 597 72 31 (de 09:00 a 14:30 horas)
Fax: 91 597 83 00 ó 91 597 86 43
Correo electrónico: pasajeros. Aéreo @ mfom. Es
En relación a tu segunda pregunta es la compañía aérea quien tiene que probar la causa del retraso. Por lo general la compañía va a tratar de alegar fuerza mayor para exonerarse de responsabilidad.
Respecto a la reclamación me imagino que rellenarías correctamente la hoja de reclamaciones pero que sepas que tienes 6 meses para reclamar la indemnización correspondiente y 2 años para ejercitar acciones legales. Ponte en manos de un abogado si llega el caso.
Espero haberte ayudado.
Rincón legal
www.rinconlegal.com
Muchísimas gracias por tu respuesta. Voy a intentar que me demuestren las causas de cancelación, o quizá pida uninforme a AENA.
Y si no a juicio con ellos.

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