Multa de trafico

¿Un agente, sea de la guardia civil como polia local, puede poner una multa, solamente viendo la infracción y tomando la matricula?.
Ayer recibí la multa en la que se me informaba que el pasado 18 de julio a las 6 de la tarde me salte un stop en el cruce tal. Dicho cruce esta a penas 20 metros del cuartel de la guardia civil.
No hay foto, no hay nombre del agente que hizo la denuncia... No hay nada.
¿Esto es normal?
De igual manera me podían acusar de cualquier cosa.

2 respuestas

Respuesta
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En efecto un agente de tráfico puede denunciar (no sancionar) cualquier infracción de tráfico de la que sea testigo. Esta denuncia también puede realizarla usted, con la diferencia de que sus manifestaciones no tienen presunción de veracidad como las de un agente de la Guardia Civil.
Por tanto, la sanción que ha recibido usted es perfectamente legal.
No obstante, mi consejo es que la recurra usted y alegue, por ejemplo,
que no hay ningún Stop, o el mismo no es visible, y solicitar como pruebas la comparecencia del agente que denuncia, la elaboración de informe que detalle la señalización de la vía en cuestión (tanto horizontal, como vertical) la puesta a su disposición de copias del expediente, etc.
El objetivo sería dilatar la tramitación del expediente para conseguir su caducidad.
Respuesta
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Te informo, una denuncia por infracción de tráfico debe tener, al menos los siguientes datos:
-Fecha, hora y lugar de la infracción.
-Matrícula del coche/moto que ha cometido la infracción.
-Descripción de la infracción, número de artículo y reglamento o ley que se ha infringido.
-Número del agente que fórmula la denuncia.
Estos son los datos mínimos que deben figurar, bien en el boletín, bien en la notificación.
En caso de faltar aunque sólo sea uno de estos datos, se entiende como un defecto de forma y la denuncia queda anulada, si bien debes presentar recurso para que sea así, indicando qué falta en la denuncia. De todos modos, las infracciones al RGC deben ser notificadas por los agentes en el acto de su comisión, siempre que sea posible, de no serlo, el agente debe indicar el motivo de la no notificación.
Si en la notificación de denuncia no aparece la identidad del agente denunciante, es decir su número de "placa", se ha incurrido en un defecto de forma y deben anular dicha denuncia. Haz un recurso y alega esto. Saludos y espero que te haya sido de utilidad.
Referente a tu primera pregunta, sí, sí puede denunciar una infracción con el mero hecho de observarla y anotar la matrícula, sólo que debe especificar por qué no se para al vehículo infractor en el momento en que ha cometido la infracción.

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