Legalización delegado sindical.
Soy delegado de un comité de empresa por CGT, y estamos montando la sección sindical de CGT en nuestro centro de trabajo. Así mismo queremos nombrar a un delegado sindical. La pregunta es, ¿Hay qué registrar ambas cosas en algún estamento oficial? Es decir, para que el delegado sindical posea las mismas garantías que un delegado de comité, ¿Cómo hay que formalizarlo?
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