Postes en fincas privadas

En un pueblo de Ávila se instalaron, por una empresa privada de comunicaciones hace unos 20 años, unos postes para subir luz a lo alto de una montaña. Esos 25 postes pasan por fincas privadas y por terrenos del Ayuntamiento, y no hay ningún permiso por escrito. Ahora el Ayuntamiento necesita subir luz por esos postes a una finca para dar un servicio público al pueblo, y dicha compañía no da permiso para utilizar dichos postes.
La pregunta es: ¿El Ayuntamiento puede realizar el tendido utilizando esos postes sin tener que pedir permiso, ya que están en fincas privadas y terrenos públicos? ¿Existe reglamentación al respecto? He oído que si no hay permisos de cuando se pusieron los postes, el poste pertenece al dueño de la finca, pero el tendido que va por él no, en ese caso ¿Podríamos hacer el tendido sin que la empresa de comunicaciones denunciara al Ayuntamiento?
Gracias por el apoyo y contestación ya que es importante este tema y nos urge.

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El tema que me plantea no es demasiado sencillo. Debería hacerse un estudio más a fondo acerca de la forma en que dichas servidumbres se establecieron, si hay documentos constitutivos o se hizo por simple tolerancia. Además sería necesario investigar, como usted dice, en la reglamentación existente, pues este de los tendido de luz es un tema bastante específico que nunca hemos tratado.
En cualquier caso, en ámbito civil, y salvo que otras cosas establezcan las disposiciones administrativas, entiendo que el derecho que ostenta la empresa privada, si no hay contrato alguno, es de simple posesión. Esta posesión podría convertirse en un derecho real de paso y servidumbre aérea si ejerce la posesión durante 30 años, sin más requisitos, luego debe estar muy atentos. Claro esta que suponemos que no hay titulo (contrato) alguno.
Por otra parte, si los postes están fijados en terreno público, entiendo que la empresa necesita una autorización, y si no la tiene estos postes pueden ser retirados, al ser propiedad pública. En cuanto a los isntalados en terrenos privados, de sus dueños será la total competencia para exigir la retirada y en caso de no cumplirse por esta empresa, solicitar al juez que lo haga costa de la empresa.
En estos casos el Ayuntamiento tiene todas las de ganar., porque puede presionar muy mucho a los particulares mediante el dictado de decretos o el acto administrativo que corresponda, que será competencia del secretario correspondiente. Pienso ahora por ejemplo en el "interdictum propium"...
Muchas gracias por la contestación. Investigaremos lo del tiempo que llevan puestos y si algún vecino tiene algún contrato firmado (que casi estoy seguro que no, pues el Ayuntamiento no tiene ninguno en relación a los postes que están en terreno público.
Sólo una cuestión, si se decide poner el tendido necesario por parte del Ayuntamiento, ¿puede haber algún tipo de acción legal peligrosa por parte de la empresa privada hacia el Ayuntamiento? O a lo mejor no dicen nada con tal de no empezar a remover la situación de los postes y que tengan que quitarlos o moverlos.
Reitero de nuevo las gracias por la pronta respuesta.
joseluisdd
No se me ocurre que acción peligrosa podrían emprendern contra el ayuntamiento, la verdad.
Como consejo, quizá sería bueno que les dieran un poquito de miedo, exigiéndoles oficialmente por decreto de la alcaldía la acreditación de los títulos que fundamenta su utilización del suelo y vuelo público, con el apercibimiento de tener que proceder a su inmediata retirada.
Puede ser que si le ven las orejas al lobo dejen de poner tantas pegas...

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