Denuncia por insultos

Hace unos días mi madre y yo vimos como la mujer de la limpieza del edificio estaba tirando la basura por la ranura que queda entre el ascensor y el suelo del bloque, con lo que yo me enfade y le dije que iba a hablar con el presidente para que la echara, en este hecho le dije que era una guarra.
Ayer cuando volví a casa mi madre me dijo que había ido la policía porque esta señora nos había puesto una denuncia a mi y a mi madre, según ella la habíamos amenazado físicamente y le habíamos dicho que le íbamos a chafar la cabeza. La policía nos dijo que no nos preocupáramos que no había ni pruebas ni testigos, y que al ser así quizá ni hubiera juicio porque el juez desestimara la denuncia.
Mi pregunta es que si no se desestima y hay jucio que pena nos pueden poner de salir culpables, y si salimos inocentes si hay alguna forma de denunciarla por acusación falsa.

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Efectivamente, si no hay testigos, es la palabra de esta señora contra la vuestra, y no creo que prospere la denuncia. Con todo, si no lo habéis hecho ya, hablaría con el Presidente de la Comunidad y le solicitaría la convocatoria de una reunión extraordinaria para acordar por mayoría rescindir el contrato de limpieza con esta señora. Así, en caso de prosperar la denuncia, si hay un acta de una reunión y un acuerdo al respecto, habrá constancia por escrito de los hechos. Además, si tenéis la posibilidad de bloquear con la llave el ascensor en un piso medio-alto, y hacer fotos del hueco del ascensor donde imagino que aún está tirada la basura, lo adjuntaría al acta de la reunión.
Gracias por su rápida contestación, el asunto es que mi padre es el presindete, esta al finalizar como presidente este año, ya hemos hablado con el gestor y en la reunión que se haga para el cambio de presidente, se discutirá el tema ya que hay otras quejas sobre esta señora, el gestor que nos lleva el papeleo de la comunidad va a llamar a la empresa de limpieza a la que pertenece esta señora para decirles que quite la denuncia y posteriormente se hablara en la reunión del cambio de empresa de limpieza.
Pero al tratarse de una acusación personal, puede que el juez no la destime, ¿en ese caso cual sería la pena que nos podrían poner como máximo?.
Muchas gracias por su atención.
Copia directamente del Código Penal:
Artículo 171.
1. Las amenazas de un mal que no constituya delito serán castigadas con pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses, atendidas la gravedad y circunstancia del hecho, cuando la amenaza fuere condicional y la condición no consistiere en una conducta debida. Si el culpable hubiere conseguido su propósito se le impondrá la pena en su mitad superior.
Con todo, entiendo que en caso de prosperar la denuncia, también podrían denunciar a esta señora por denuncia falsa:
CAPÍTULO V De la acusación y denuncia falsas y de la simulación de delitos
Artículo 456.
1. Los que, con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad, imputaren a alguna persona hechos que, de ser ciertos, constituirían infracción penal, si esta imputación se hiciera ante funcionario judicial o administrativo que tenga el deber de proceder a su averiguación, serán sancionados:
1. Con la pena de prisión de seis meses a dos años y multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito grave.
2. Con la pena de multa de doce a veinticuatro meses, si se imputara un delito menos grave.
3. Con la pena de multa de tres a seis meses, si se imputara una falta.
Muchas gracias por su ayuda, la verdad es que ayer estuve muy mal, me pegue todo el día llorando como un crio.
Gracias por su ayuda, atentamente, Ángel

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