Contrato reserva de vivienda
El motivo de mi pregunta es referente a un contrato de reserva de una vivienda.
El pasado mes de marzo de 2007 firmé un contrato de reserva de una vivienda cuya fecha de inicio de construcción (según figuraba en contrato) estaba prevista para abril de 2007 y finalización para finales de 2008. A la firma de dicho contrato entregué una cantidad de 6.000 Euros en concepto de reserva. La cuestión es que finalmente el inicio de la construcción se ha demorado un año, porque el constructor me decía que aún no tenía licencia de obras. Me he informado en le gerencia de urbanismo municipal y me han comunicado que, efectivamente, el constructor no tiene licencia de obra porque está pendiente de pagarla y presentar los avales pertinentes. Por ello, creo que el retraso es imputable al constructor, debido a que no tiene las suficientes viviendas vendidas, y ante una posible paralización de las ventas, su intención era la de "agarrarme" alegando unas fechas que él seguramente sabía que se iban a retrasar.
Ante este retraso, la vivienda ya no me interesa, pues me caso el próximo mes de septiembre y no voy a tener la casa terminada hasta finales 2009-principios 2010.
Mi consulta por tanto es ¿estoy en una situación favorable para reclamar los 6.000 Euros entregados por vía judicial?, ¿Un año de retraso se considera tiempo suficiente para rescindir el contrato?. Me sería de mucha ayuda cualquier aclaración al respecto.
El pasado mes de marzo de 2007 firmé un contrato de reserva de una vivienda cuya fecha de inicio de construcción (según figuraba en contrato) estaba prevista para abril de 2007 y finalización para finales de 2008. A la firma de dicho contrato entregué una cantidad de 6.000 Euros en concepto de reserva. La cuestión es que finalmente el inicio de la construcción se ha demorado un año, porque el constructor me decía que aún no tenía licencia de obras. Me he informado en le gerencia de urbanismo municipal y me han comunicado que, efectivamente, el constructor no tiene licencia de obra porque está pendiente de pagarla y presentar los avales pertinentes. Por ello, creo que el retraso es imputable al constructor, debido a que no tiene las suficientes viviendas vendidas, y ante una posible paralización de las ventas, su intención era la de "agarrarme" alegando unas fechas que él seguramente sabía que se iban a retrasar.
Ante este retraso, la vivienda ya no me interesa, pues me caso el próximo mes de septiembre y no voy a tener la casa terminada hasta finales 2009-principios 2010.
Mi consulta por tanto es ¿estoy en una situación favorable para reclamar los 6.000 Euros entregados por vía judicial?, ¿Un año de retraso se considera tiempo suficiente para rescindir el contrato?. Me sería de mucha ayuda cualquier aclaración al respecto.
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Respuesta de juanhito
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