Espero que me puedas resolver una duda. Al ir a comprar una vivienda, me he dado cuenta que no está cambiada en el catastro, y sigue como solar. Que tengo que hacer: -La cambio o me supondrá pagar atrasos de contribución de cuando paso a ser vivienda en lugar de solar. - Sería mejor dejarlo tal cual, o me puede suponer problemas en el futuro de no pagar una contribución como Dios quiera y manda.
- Tiene algún plazo de prescripción estas deudas.
No no, esa situación tienes que regularizarla. Todo esto pasa por no pedir una nota simple en el registro de la priopiedad antes de comprar una vivienda... que cuesta 3 euros por Dios! 1.- El antiguo dueño de la finca construyo una casa, y no esta registrada en el registro de la propiedad. La primera pregunta que debes hacerte es: ¿Es legal esa casa? ¿Tiene la licencia de 1ª ocupación otorgada por el ayuntamiento? La segunda pregunta que debes hacerte es: ¿Existe escritura de obra en construcción? ¿Y existe la escritura de obra finalizada? No se donde estará la vivienda pero te cuento un poco los pasos a seguir para la construcción de una vivienda en un solar en Madrid. 1.- Tienes que tener solar urbano, es decir ir al registro de la propiedad, pedir una nota simple de la finca y comprobar que es urbano, por que si no lo es, es ilegal construir. 2.- Debes contactar con un arquitecto y un aparejador para que te hagan un proyecto de la vivienda. Y ese proyecto tiene que estar visado por los colegios de Arquitectos y Aparejadores. Esto vale unos 18000 3.- Debes ir al ayuntamiento y que te den licencia de obra mayor, para lo cual tendrás que entregar el proyecto visado por el arquitecto y aparejador para que lo valide el arquitecto municipal. Una vez validado te darán licencia de obra mayor, licencia de agua de obra y licencia de luz de obra. La luz y el agua de obra es algo que te dan para que el constructor pueda fabricarte la casa. 4.- Una vez que tienes todo esto y antes de que empiecen la obras debes pasarte por el notario para que te haga la escritura de obra en construcción, donde tendrás que dar otra vez el proyecto y una copia de la licencia de obra, y el ultimo recibo de IBI de la parcela pagado. Y ademas también le tienes que entregar al notario una copia del seguro de vivienda en construcción que estas obligado a hacerte con una aseguradora mientras duren las obras. Esto ultimo solo es necesario si pides un préstamo para construir. 5.- El notario te da la escritura... y a construir. 6.- Se acaba la casa, el arquitecto y apareajador te firman el certificado de FIN de obra. Te acercas al ayuntamiento y pides licencia de 1ª ocupación. El ayuntamiento te la da y eso lo tienes que guardar por que te lo piden las empresas de LUZ AGUA GAS Y TELÉFONO para poder darte estos servicios. 7.- Te acercas al notario, le entregas los certificados de fin de obra y la licencia de 1ª ocupación y el notario te hace la escritura de fin de obra 8.- Finalmente te acercas al registro de pa propiedad con esa escritura y te registran la vivienda. A que voy con todo este rollo, a que al comprar una vivienda sin saber cual es su situación, todo aquello que no ha pagado el antiguo dueño, te tocara pagarlo a ti para poder regularizarla. Todos los puntos anteriores llevan un coste, unos más y otros menos. Debes hablar con el ayuntamiento y ver en que situación esta la casa.
Por lo que se, falta todo, menos el cambio en el catastro. Es una vivienda finalizada en 2007, ¿qué puede pasar con el IBI desde entonces? Saludos.
Pues si el IBI no has sidi abonado te tocara abonarlo a ti.