Límite de 50, circular a 120 ¿Identificar conductor?

El caso de consulta es el siguiente:
A una amiga le ha llegado una carta por la que se le obliga a identificar al conductor del vehículo de su propiedad por circular éste a la velocidad de 120Km/h en un límite de 50Km/h en la carretera de doble sentido de León a Gijón. Estaba adelantando. La carta no dice que se haya sacado foto, y no la pararon por suponer peligro para la seguridad del tráfico.
Le han recomendado que no identifique al conductor porque de esta manera sólo tendrá que pagar la multa por este hecho, y no por la infracción de exceso de velocidad. ¿Es una buena solución? ¿Puede tener más problemas? ¿En qué influye el hecho de que ahora dererminados excesos de velocidad sean delito?
No sé si hará falta algún dato más.

1 Respuesta

Respuesta
1
Como es infracción grave y conlleva perdida de puntos le piden identificar al conductor.
Si no lo hace la sanción por este hecho puede ir de 300 a 1500 euros.
Lo que no pueden es presumir que ella o un tercero condujese el vehículo.
Debéis valorar lo que más os conviene o identifica y tener que pagar la sanción más los puntos o no hacerlo y tener que pagar la otra sanción.
Una vez que te sancionan por no identificar no pueden presumir que condujese el titular, eso deberían demostrarlo.
Si optáis por la vía de no identificar podéis decir que creéis que ese día ivas 5 en el coche y os repartisteis el trayecto atramos y no podéis decir quien era exactamente. Es lo mismo que no identificar pero evitáis que después recurran al titular.
Mi consejo sería buscar a alguien que no use mucho el coche para que pierda los puntos y abonar la sanción.
Hola de nuevo,
Muchas gracias por tu respuesta y por la rapidez.
Me gustaría pedirte una aclaración. En caso de identificar a un conductor, ¿sólo perdería los puntos y tendría que pagar una sanción? He mirado el Código Penal y me parece entender que ir a 120 en un límite de 50 es delito y las penas conllevan pérdida del carnet de conducir y no sé si, aunque no se condene a cárcel, quedarían antecedentes penales.
La pregunta es si sería una infracción grave o delito, o si es lo mismo...
Muchas gracias otra vez.
No se están tomando la ley tan estrictamente porque faltarían cárceles ;)
De todos modos sería una falta y no crea antecedente. De todos modos para serlo debería así determinarlo un juzgado de lo penal ya que son los únicos competentes para ello. No creo que esa denuncia acabe en un juzgado de lo penal.
Ya me comentaras ...
Muchas gracias por la respuesta. La verdad es que no me imagino a mi amiga en alcalá meco... supongo que no pasará nada complicado. Ya te contaré
Un saludo

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas