Multa por aparcar en carril bus
Quisiera hacer una consulta sobre una multa de trafico que me han enviado. En Julio, un amigo y yo alquilamos una furgoneta para hacer un porte compartido desde Galicia a Madrid, y en el contrato aparecemos los dos como conductores. Mi amigo, un ciudadano brasileño residiendo legalmente en España, tenía que transportar unos cuadros a una galería de arte en Madrid, y la galería está en una calle en la que hay carril bus junto a la acera. Puesto que los cuadros eran pesados había que aparcar cerca de la galería, así que se estacionó la furgoneta en el carril bus, sin impedir en ningún momento la circulación, y solo el tiempo necesario para realizar la descarga de los cuadros. Un agente de movilidad paso por allí en su coche y debió sacar una fotografía de la furgoneta, porque ahora me han enviado una multa calificada como infracción grave "estacionar en carril reservado para uso exclusivo del transporte publico urbano", con perdida de 2 puntos, y resulta que yo nunca he conducido esa furgoneta en Madrid. Viene a mi nombre porque fui yo quien firmó el contrato de la furgoneta. El agente en ningún momento intentó identificar al conductor ni notificarle la denuncia.
Como el vehículo tiene varios conductores reconocidos, y no pueden demostrar que yo condujese ese vehículo, mi intención es recurrir por ahí. Están asumiendo una culpabilidad que no pueden demostrar. No obstante hay dos puntos que quisiera aclarar:
El primero son las fechas. La fecha de la infracción es de 1/07/009 y la fecha de incoacción del expediente es de 07/10/2009. Han pasado más de dos meses desde la infracción ¿es correcta la denuncia o puede recurrirse por exceso de tiempo?.
El segundo es que no se trataba de un estacionamiento sino de una descarga, en un lugar donde no hay espacio para situar un vehículo. ¿Hay alguna forma de recurrir por ahí?
Como el vehículo tiene varios conductores reconocidos, y no pueden demostrar que yo condujese ese vehículo, mi intención es recurrir por ahí. Están asumiendo una culpabilidad que no pueden demostrar. No obstante hay dos puntos que quisiera aclarar:
El primero son las fechas. La fecha de la infracción es de 1/07/009 y la fecha de incoacción del expediente es de 07/10/2009. Han pasado más de dos meses desde la infracción ¿es correcta la denuncia o puede recurrirse por exceso de tiempo?.
El segundo es que no se trataba de un estacionamiento sino de una descarga, en un lugar donde no hay espacio para situar un vehículo. ¿Hay alguna forma de recurrir por ahí?
1 Respuesta
Respuesta
1