Ingreso erróneo

El otro día hablando con un amigo me planteo una situación, y no supe que contestarle, me acorde de esta web, para ver si me aclaraban este tema...
Este amigo, trabajo hace unos meses en un ayuntamiento por una sustitución. El contrato duro solo unas tres semanas, y una vez finalizado el contrato recibió por transferencia su correspondiente nomina y finiquito. Hasta aquí todo normal
la sorpresa vino cuando al mes siguiente, volvió a recibir una transferencia por parte del ayuntamiento, como si todavía siguiese trabajando allí... La cuestión es que a fecha de hoy todavía no se lo han reclamado, de esto hará ya como 5 o 6 meses... Y la duda que tiene mi amigo es si todavía están en derecho de reclamárselo... En caso de ser así, ¿hay algún periodo máximo en el que todavía pudieran reclamarlo? ¿Tiene fecha de prescripción? O desde el momento que la hicieron ya no la podían reclamar... Porque claro, cogerla ellos del banco, se que no pueden... ¿pero pueden enviarle una carta exigiéndole la devolución de ese importe?
¿Tiene alguna responsabilidad legal por no devolverlo voluntariamente? ¿Puede esto ocasionarle algún tipo de problema del tipo que sea?
Es que siendo sinceros, este chico, tal como esta la vida, y que le llego este dinero como caído del cielo, pues no tiene intención de devolverlo a no ser que lo obliguen, y vamos yo le entiendo... Yo haría lo mismo...
Muchas gracias por anticipado... No se si esta pregunta la debía dirigir a usted o a otro experto, pero no sabia bien a que categoría dirigirme, en caso de que no sea su especialidad.

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HOmbre la verdad es que cuando se den cuenta procederán a reclamar a tu amigo la cantidad abonada por exceso, y muchas veces los intereses legales. Además aunque no lo haga voluntariamente, desde que no devuelve el dinero está cometiendo el delito de apropiación indebida, sancionado penalemtne aunque el error sea del Ayuntamiento una vez que la parte conoce que es por error y no lo devuelve está coemtiendo el delito. YO le recomiendo que lo devuelva.
¿Pero qué tipo de sanción penal? ¿Podría explicarme mejor?, ¿Y otra cosa cuando prescribe un tema de estos? ¿Quiero decir cuando ya no podría reclamar nada el ayuntamiento en cuestión?
¿Y cómo pueden sancionarte de algo que no has hecho tu? Porque el cobro su nomina y finiquito en varias partes, ¿se podría justificar de esa manera? ¿Qué pensaba que era parte de su finiquito que le pagaban más tqarde?
Si claro puede alegar error, pero el delito que te comento es cuando recibes un dinero que no es tuyo, supongamos una indemnización de un cliente, y tu le quitas a esa indemnización la parte de tus honorarios pero sin consentimiento del cliente, esto es, sabes que es de otra persona que sufre error pero tu una vez que conoces tal error no devuelves el dinero, lo sabes y te aproias de ese dinero. Esto supone el delito de apropiación indebida.
Otra cosa es que aunque sea por error, pueden reclamarte vía juicio civil este dinero, pues se dan cuenta de que se le ha ingresado erróneamente, entonces te reclaman el dinero más los intereses legales y en tal procedimiento pueden reclamarte las costas, esto es, los honorarios de los profesionales abogados y procuradores. Yo lo que digo es que ese es el riesgo que corre, que no es legal lo que hace y que por tanto deberá asumir las consecuencias.
Perdón por la tardanda en responder pero he tenido problemas de conexión
Solo una consulta más, antes pero de iniciar la vía judicial como ud. dice, primero imagino que enviarían una carta solicitando la devolución, ¿no? ¿O ya directamente iniciarían el proceso judicial?ud. ¿qué cree?
Gracias
Claro, lo normal es que el Ayuntamniento comunique a tu amigo que ha recibido una cantidad de dinero que no procede y que le den un plazo para reembolsarlo.
ahhhh muy bien, entonces le diré que haga así, que espere a que el ayuntamiento se pronuncie, y en ese caso, pues que lo devuelva
Gracias ha sido de gran ayuda

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