Multa sentencia juzgado sin requerir desde 2002

Mi pregunta no se si es un poco extraña aunque supongo que aquí se verá de todo, voy a intentar ser lo más claro posible. Como el propio titulo dice, tengo una sentencia del juzgado de instrucción de mi ciudad por un juicio de faltas del año 2002 en el que se me condenó a pagar una multa de 10 días a razón de 2 euros diarios y 56 euros de indemnización a la empresa de limpieza por una pintada en una marquesina de una parada de autobús, así como las costas del juicio. A los pocos días del mismo, me llegó a casa una carta para que me pasase por el juzgado a recoger la sentencia, la cual está sin sellar y sin firmar. Una de las secretarias del juzgado me la entregó y pregunté que a que cuenta tenia que ingresar la cantidad y muy amablemente me la apuntó en la sentencia. Aquello me escamó un poco ya que suponía que en un juzgado la cuenta de abono de las multas te la notifican de otra manera, por medio de un requerimiento, no en lápiz sobre la sentencia apuntada por una secretaria, con todos mis respetos para las secretarias de los juzgados. No sabía que hacer ya que no me parecía la forma de proceder normal del juzgado, consulté en la asesoría legal de la Casa de la Juventud de mi barrio y me dijo el abogado que esperase a que me requiriesen el pago desde el juzgado. Y eso he hecho hasta hoy. Siete años y aun no me han requerido nada. Durante todo este tiempo no se me ha embargado ninguna cuenta, ni he tenido un solo problema con la policía cuando me han pedido la identificación, etc. Me preocupa el hecho que alguno de estos días se puedan presentar las fuerzas del orden en mi domicilio para proceder a la detención por impago de la multa por algún extravío del expediente o del propio requerimiento, ya que cosas peores hemos visto todos. El caso es que va a ir para 8 años de aquello y sigo sin noticias del Juzgado. Quisiera saber si he de hacer algo ya que sé que 76 euros son fijos (20 de multa y 56 de indemnización) pero en la sentencia no indica el montante de las costas procesales, si simplemente debo esperar año tras año a que dicho requerimiento llegue algún día a mi domicilio o si todo esto ha prescrito de alguna manera.
Respuesta
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Naccioq, por lo que usted cuenta, si han transcurrido siete años, sin que se le haya hecho requerimiento de pago ni haya tenido usted más comunicaciones del Juzgado, la pena ha prescrito. No es extraña la conducta que usted cuenta de la Secretaria del Juzgado, pues le facilitó el número de cuenta al objeto de que usted cumpliera voluntariamente con su obligación de pago sin necesidad de ser requerido para ello.
Le agradezco su tiempo y la pronta respuesta a mi pregunta. La verdad es que a pesar del montante de la multa, me tenía preocupado ya que es un tema que desconocen en mi casa y aunque pequeño, el disgusto hubiera existido. Muchas gracias por todo y hasta otra.

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