Multa radar

Me ha llegado una foto de un radar fijo por el cual circulaba a 119km/h, cuando la vía está autorizada a circular a 100km/h. Mi duda, es que si no recuerdo mal, en una vía de este tipo, tienes un "plus" de 20km/h para adelantar. ¿Podría recurrir la multa diciendo que estaba comenzando/terminando una maniobra de adelantamiento?.

2 Respuestas

Respuesta
1
Decirte que no se de que tipo de vía hablas ¿Autopista?, ¿Autovía?, ¿Convencional de más de 1.5m de Arcén?..., comentame y te respondo, no obstante te adelanto algo.
Si eso te ha sucedido en una AUTOVÍA o AUTOPISTA, te digo desde ya que no cabe recurso por esa justificación que me comentas, ya que el R.G.C. solo establece ese caso en Carreteras convencionales y siempre y cuando no haya otra señalización de limitación o prohibición al respecto.
La multa que te habrá recaído sera de 100 Eur. No obstante te recomendaría que la recurras, ya que hay que recurrirlas todas.
Para recurrirlas correctamente, la mayoría de las compañías de seguros de automóvil, incluyen ya esta clausula en el contrato, con lo que sera mejor que se la envíes a tu seguro y que ellos se encarguen de todo.
Hola de nuevo, gracias por contestar. Te escribo lo que pone exactamente en la multa: "Circular a 119km/h, teniendo limitada la velocidad a 100km/h. existe una limitación genérica en vía interurbana. Cinemómetro Ramet C.G.M. a.s. B. antena 000070242 aprobado el 02/07/2007. Para el cálculo de excesos de velocidad y sanción aplicable se han tenido en cuenta los márgenes de error estipulados en la norma UNE 26444". La carretera en cuestión es la N-234 km: 308.2 sentido Soria. Y esa es convencional de más de 1.5m de arcén. En la foto no se ve ralla continua (con lo cuál es porque justo pillaría la foto entre 2 rallas discontinuas). ¿Puedo alegar que estaba iniciando/finalizando una maniobra de adelantamiento, y por ello circulaba a 19km/h más de la limitación genérica?
Muchas gracias por tu ayuda.
Un saludo.
Puedes alegar eso, aunque ellos deberán ver en la foto en que posición se encuentra tu vehículo, ya que se cogen a todo lo que sea para robar el dinero a los ciudadanos.
Te vuelvo a decir lo mismo, mira opciones de recursos y que te lo redacte un experto en ello, ya que tendrás mejor opción para que te sea estimado y finalmente quitado.
Respuesta

Si pone a 100 la máxima velocidad a la que podemos ir es a 100, no a 119.

Responsable - el que va a más de 100km/h

Posible victima - el que circula a su lado sin tener culpa de nada.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas