Computo de días cotizados

Te realicé una pregunta el otro día sobre el tema del subsidio por desempleo.
He estado calculando y definitivamente no llego a los 180 días necesarios para acogerme a esta prestación. Habré cotizado exactamente 170 días cuando el día 30 de junio acabe mi contrato.
Como ya te comenté antes, estuve cobrando la prestación contributiva por desempleo del 17 de julio al 16 de noviembre de 2008. En total tenia cotizados 458 días.
Uno de los contratos que tuve era fijo discontinuo a tiempo parcial con la empresa llamémosle "X". Por lo que solo coticé 8 días con la empresa POR aunque trabajé durante un mes de L a V. He visto por internet que si en mi contrato pone que la actividade se realiza de lunes a viernes, presentando el contrato a la hora de solicitar la prestación por desempleo me deben contabilizar esos 30 días. ¿Es esto cierto?
En el caso de que sea cierto, mi duda es la siguiente... Esos 8 días que tenía cotizados con la empresa "X" ya fueron utilizados para el computo de mi anterior prestación por desempleo (la del 17 de julio al 16 de noviembre) pero solo esos 8 días porque yo no presenté el contrato pues no sabia que te sumaban más días. ¿Puedo ahora presentar ese contrato y que me cuenten los 22 días (30 que trabaje realmente - 8 que son los que me salen en la vida laboral) que no se me contabilizaron en su día para la anterior prestación? ¿O ya es tarde? Es que sería mi única salvación para sumar los 10 días que me faltan y llegar a las 180 cotizados para el subsidio, ya que no tengo cargas familiares.

1 respuesta

Respuesta
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Contesté a tu pregunta hace unos días, pero debe haber habido algún problema porque me sale de nuevo sin contestar.
Ahí va la respuesta a tu primera pregunta:
Sí es cierto que si en tu contrato ponía de lunes a viernes se te debe computar 30 dais.
Pero si en su día no reclamaste o aceptaste la prestación, ahora no puedes volver a presentar ese contrato.
Siento tu situación.

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