Notificación de embargo después de 2 años

Después de consultar con una empresa de atención legal, no me ha convencido y querría confirmar lo que me han comentado.
Le explico:
A finales de Julio de 2007 la policía dejo la notificación de una infracción de tráfico en el limpiaparabrisas de mi coche, alegando que estaba sin seguro. Estaba por venderlo o darlo de baja, por eso carecía de seguro. En los días siguientes se dio de baja, y recurrí el día 10/08/2007 diciendo esto mismo básicamente. Cual es mi sorpresa que después de casi dos años, me encuentro que al ir a hacer la declaración de hacienda, tengo un embargo.
Indago un poco en Tráfico y te pongo aquí los datos que a ellos le constan:
07/12/2007 alegaciones presentadas
10/08/2007 alegaciones presentadas
18/12/2007 propuesta emitida
26/12/2007 resolución emitida
02/01/2008 notificación enviada
01/02/2008 notificación devuelta (dirección incorrecta)
18/02/2008 tramitación manual por J.P. (BOPOBL)
01/02/2008 notificación devuelta (direccion desconocida)
22/02/2008 notificación enviada (BOP)
25/03/2008 notificación recibida (BOP)
A día de hoy, 24/06/2009, he recogido de correos el aviso certificado de que me han embargado una cantidad, por parte de la agencia tributaria.
Los avisos no los he recibido porque el cartero no ha querido, ya que mi dirección es correcta. El nombre de la calle la cambiaron hace poco, (poniendo yo en el recurso este nuevo nombre)quizás pueda deberse a ello. De hecho, hace cosa de mes y medio cambié la dirección a mi nuevo domicilio (en el que vivo bastante después de estas notificaciones) y la notificación por parte de la agencia tributaria ha llegado como un reloj.
Según he estado leyendo por internet, las infracciones muy graves prescriben al año y 30 días. ¿No es este el caso?. Aunque esté publicado en el BOP, imagino que no durarán eternamente.
Es una texto bastante extenso, pero creo que para explicar bien el tema hay que exponer todos los hechos que se tienen.
Respuesta
1
Decirte que el embargo puede ser posible hasta 10 años después de la sanción, aunque no así su notificación, que tiene que ser antes de 1 año, lo que pasa es que ellos dan por notificado, en el mismo momento que esta publicada la resolución en el BOE.
Entonces, ¿aunque recurra no hay nada que hacer?.
¿Podría aclarar un poco los pasos a seguir, a ser posible?.
Un saludo
Haber, te cuento, el expediente ya esta muy avanzado, no es posible pararlo, salvo si se paga lo que se te reclama.
Una vez pagado, dependiendo lo avanzado que este, se puede recurrir, aunque creo que por la situación en la que se encuentra el expediente, sera difícil ya que se te admita recurso alguno.
No obstante, vete o lama por teléfono a hacienda, con el numero de expediente eferenciado consultalo, haber ellos lo que te dicen, pero ya te digo que me temo que no habrá ya nada que hacer, sino en el tribunal superior de justicia, pero el ir a el, supone unos 600, oo Eur de gastos y demás, con lo que no se si te merecerá la pena, pero ya te digo que lo consultes en hacienda y haber que te dicen ellos.

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