Registro domiciliario

Hace 4 meses de este mismo año, me hicieron por orden del juez un registro domiciliario, me requisaron varios artículos, ha día de hoy estoy a la espera de juicio, he reclamado en el juzgado las pertenencias que me requisaron, en el juzgado firme una solicitud para que me devolvieran las pertenencias que se llevaron, esta solicitud se envío a madrid, cada semana llamo por telf al juzgado que pertenece a mi zona donde vivo (una provincia de andalucia) y me dicen en dicho juzgado que me van a devolver algunos de los artículos pero que el el juzgado no saben cuando los recibiré, que llame cada semana haber como están la cosas, mis preguntas son, ¿tiene la ley un tiempo máximo para devolverme los objetos que me requisaron? ¿Hasta cuánto tiempo tengo que estar esperando a recibir mis pertenencias? Si veo que pasa el tiempo y no recibo nada, ¿cada cuánto tiempo puedo volver a reclamar lo mio en el juzgado? Entre los objetos requisados hay uno que me es indispensable para mi trabajo, y así lo hice constar desde el primer momento en el juzgado.

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Si los objetos requisados son considerados una prueba del procedimiento, tienen derecho a retenerlos hasta que la sentencia sea firme. Si los objetos no son considerados pruebas tienes derecho a que te los devuelva, pero no hay modo de hacer que te los devuelvan en un plazo concreto.
La única solución es como ellos te han dicho, llamar constantemente hasta que los tengas en tu poder. Ya se que es frustrante, pero dado el grado de saturación de los juzgados no te queda más remedio que ser insistente.

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