Falta de hurto ¿Se puede borrar de la ficha policial? ¿Cuándo prescribe?
Hace tiempo cometí una falta de hurto, sustrayendo un artículo valorado en 70€ de una gran superficie. Al salir a la calle, un vigilante jurado me dijo que le acompañara. Así lo hice, me ofrecieron la posibilidad de abonar el artículo, pero no llevaba dinero para pagarlo. Entonces los vigilantes llamaron a la policía. Una vez llegaron los agentes, me dijeron que me identificara, pero tampoco iba documentado. Entonces me llevaron a comisaría detenido, estuve varias horas en el calabozo, me hicieron fotos y me tomaron huellas. Posteriormente, me dejaron ir citándome a un juicio rápido por falta de hurto. En el juicio se me condenó a pagar 6€ al día durante 30 días, o sea, 180€. De lo contrario, se me condenaría a 15 días de arresto domiciliario. Recurrí la sentencia para hacer trabajos en favor de la comunidad, ya que no tengo dinero para pagar, pero no me han dicho nada más del juzgado. Reconocí ante el juez los hechos, y mostré mi arrepentimiento.
Mis dudas son las siguientes:
1- Cómo puedo hacer que se borre mi ficha policial, si es que es posible.
2- Al no recibir noticias del juzgado desde mi alegación, al cabo de cuánto
tiempo prescribe una falta de hurto, y desde qué momento, si desde la
comisión de la falta o desde la sentencia de la misma.
Y si no se paga que podría pasar pres escribe se borra? - lakandy demetrallo