Estamos en trámites de divorcio, las medidas provisionales finalizaron y mi ex miente

Hace medio año que tuve un juicio de medidas provisionales previo al divorcio que le puse a mi mujer (por adulterio). Al haber abandonado ella voluntariamente la casa, no hay hijos, y ser mi situación económica más débil en ese momento, estas medidas provisionales me las dieron a mí, en forma de uso y disfrute de la vivienda que compramos entre los dos, por 6 meses. (Decir que mientras tanto la casa siempre ha estado y está a la venta).
La cuestión es que hace 8 días que se cumplieron los 6 meses de las medidas, y seguimos en espera de venta. Yo lo tenía muy presente y claro, y evidentemente dejé de vivir allí.
El mismísimo día ella pasó por la casa a ver como estaban las cosas, sin ningún problema porque soy consciente de su derecho a ir a la casa siempre que quiera, al igual que yo, y porque no quiero ningún tipo de problema ni perjuicio.
Al cabo de un par de días, volvió a pasar y concidí con ella, ya que tengo 1 gato en el piso al que tengo que atender a menudo, así como consultar mis documentos y cosas (a parte del mantenimiento y limpieza general del piso). Ella me recriminó que veía que no me había ido y que aún tenía ropa y mi ordenador allí, a lo que me quedé: "¿¿??", pues ya no hago vida allí, pero entiendo que igual que ella decide ir al piso, yo tengo el mismo derecho a ir cuando crea oportuno. Otra cosa es vivir, cosa que no hago. A lo que ella dijo que iba a pedir ejecutar la sentencia y que vendría un agente judicial a comprobarlo y a decirme que me lleve mis cosas, porque dice no puede haber nada mío personal allí. Y aquí una de mis grandes dudas: ¿Cómo qué yo no puedo tener nada mío allí?. Si es mi casa igual que de ella.
Y para finalizar, antes de ayer pasó otra vez!, esta vez de madrugada, y dice que no pudo entrar, y que eso era porque yo estaba dentro durmiendo y había bloqueado la puerta. Cosa que NO puede ser por no estar yo allí, por lo tanto ABSOLUTAMENTE FALSO . A lo que ella dice que tiene testigos de amigos que estaban con ella que vieron que no se abría la puerta, y que va a hablar con su abogada para tomar medidas. ¿? ¿? .. Y digo yo: al no estar yo, ni verme de ningún modo, está presuponiendo y especulando todo a su conveniencia,.. (porque podría ser que le hubiera fallado la llave o cerradura, pero es que huele totalmente a montaje, porque bien que no llamó a un cerrajero, o bien que no me envió un mensaje o llamó insistentemente avisándome, ya que yo hubiera ido como un rayo para para desmontar su injuria, además de ser casualidad que fue de madrugada y con amigos, dice ella que para enseñarles la casa, ..¿? .. ¿No suena a patraña?).
Entonces ¿hasta qué punto puede tener fuerza con ese argumento si se le ha ocurrido cambiar la llave momentáneamente para esa estratagema ante testigos?.
Es algo totalmente injusto y frustrante. Le ruego su opinión y consejo.

2 Respuestas

Respuesta
1
Primero de todo disculpe la tardanza en ofrecerle una respuesta.
Ud. Podría continuar en la vivienda, pero entonces ella tendría también derecho a ocuparla, creando una situación un tanto incómoda. Puesto que la vivienda es en parte suya, sí puede tener enseres personales, pero la respuesta es la misma que la anterior, ella también podría, y esa circunstancia también puede impedir que se produzca una venta, pues a los posibles compradores puede incomodarles que la vivienda esté ocupada.
Tanto si ha cambiado la cerradura como si no, no es ningún delito, pues podría haber ocurrido que se hubiese estropeado. Si no la ha cambiado, simplemente se alega eso, y se indica que podría ser que ella se hubiese equivocado de llave, que Ud. no se encontraba en la vivienda. Si puede reunir testigos que digan que ese día a esa hora estaba en otro sitio, pues mejor, pero dudo mucho que una tontería así llegue a juicio. Hay que entender que los Tribunales no acogen con demasiada facilidad rabietas de este tipo.
Lo primero que deberían decidir entre uds. es en que situación va a permanecer la vivienda, pues aunque bien es cierto que la casa es propiedad de ambos, quizá la venta se demore más de la cuenta (teniendo en cuenta el actual estado del mercado inmobiliario), y no es aconsejable tener la vivienda improductiva sin poder vivir ninguno de los dos, y con continuos encontronazos.
Es evidente que su relación no es demasiado amigable, por lo que cualquier contacto lo más probable es que ocasione denuncias mutuas totalmente indeseables y absurdas.
Quizá lo más rápido y prudente sería alquilar la vivienda a través de una empresa de gestión, y recibir ambos la mitad de las rentas, pagando por la mitad los gastos. Siempre podrían poner cláusula en el contrato de alquiler para que finalizara al año (o dos, lo que mejor consideren) por la necesidad de los propietarios de vivir en la vivienda, con lo cual el contrato no se prorrogaría, según ley. Una vez mejore la posibilidad de vender, recuperan la vivienda y no habrán tenido tantos gastos, al menos cubrirían total o en parte la deuda de la hipoteca.
Espero haberle sido de ayuda, y le reitero de nuevo mis disculpas por contestar con cierto retraso.
Gracias por su respuesta. Merece la máx. puntuación. Si me permite quisiera hacerle antes una pequeña pregunta relacionanda aclaratoria.
La venta de la casa, hasta el día de hoy ha sido tarea mía, y aunque acordamos sería mutua, sólo yo he gestionado unos 10-12 sitios, portales de internet e inmobiliarias. Mi ex-mujer aunque me pidió fotos, no lo ha puesto ni informado de ningún sitio, por lo tanto no ha movido 1 sólo dedo por la venta. Diciéndome hace unos días que va a pedir la división de cosa común por subasta pública del piso. ¿? ¿? .. Por lo que ahora entiendo su estrategia que sería la de acceder a la compra por subasta, ya que ofreció comprar mi parte a un precio absolutamente ridícula que apenas cubre mi parte de la entrada del piso (teniendo encuenta que está amueblado completamente y con electrodomésticos, en alta gama), a lo que evidentemente me he negado, prefiriendo vender de manera justa para ambos. Tocaría tener paciencia, ya que el piso tiene posibilidades buenas de venta, aunque esté tan paralizado el tema en general, pero ella empuja pidiendo división de cosa común.
(Para que se me entienda un poquito más, decir que ella ahora es más fuerte económicamente ya que trabaja en un banco, y tuvimos unas condiciones más favorables en la hipoteca, por ser la 1ª vivienda. Lógicamente si se vende esta ventaja se perdería, por lo que a ella no le interesa evidentemente, queriendo el máximo beneficio y provecho para ella. Naturalmente no tiene en cuenta todo el esfuerzo hecho por ella, desde mi facilidad de su residencia en españa, hasta el esfuerzo económico de alquiler de vivienda, compra de muebles, matrimonio, mantenimiento, estudios, compra de coche,... todo pagado por mí, hasta que evidentemente ella mejoró accediendo al puesto del banco, que 'casualmente' fue cuando su comportamiento cambió. También la vivienda la encontramos gracias a un buen amigo mío a buen precio, al igual que la entrada de la misma, gracias a mí y a mi madre). Con esto quiero dar a entender la situación, y que lógicamente ella ha estado a las "maduras", por lo que es indignante y frustrante que sólo esté con la mano tendida a ver que recibe.
Mi solicitud de consejo es: ¿Qué posibilidades tiene ella de pedir subasta pública si no ha movido un dedo para la venta?.. o ¿Qué defensa me aconseja ante esta estrategia suya?.
Muchas gracias.
R.P. (Palma de Mallorca)
Ella está en todo su derecho de pedir la división de cosa común a través de un procedimiento judicial. En ese caso el Juez preferirá a una de ambas partes para que se quede la vivienda, siempre y cuando abone a la otra parte la mitad del precio de la vivienda. Así pues la división no se habrá por subasta, sino por compraventa de alguno de los excónyuges.
Si ella quiere la vivienda tendrá que pagarle la mitad del valor de la misma o esperar a que se venda. Por lo que Ud. me ha contado no hay motivo alguno para que un Juez decretara la subasta del bien, pues Ud. está pagando la mitad de las cargas que le corresponden, y tiene derecho a percibir un precio justo por la vivienda.
El problema se da en el supuesto de que ninguno de ambos pueda adjudicarse la vivienda por el precio tasado, en cuyo caso sí podría acudirse a subasta.
La subasta saldría con el precio de tasación hacia arriba, aunque ello conllevaría el riesgo de que si no se vende en subasta, deban pagar los gastos de la misma, y sigan con el problema.
Respuesta
1
Lo primero que debes saber es que las medidas provisionales previas a una demanda de separación o divorcio tienen una vigencia de 30 días, plazo que se da para interponer la correspondiente demanda. Si dentro de ese plazo se entabla el pleito para el divorcio o la separación, quedan automáticamente prorrogadas hasta que se dicte la sentencia definitiva en dicho procedimiento, así que no entiendo el plazo de 6 meses que supuestamente tenías para abandonar la vivienda, si como dices, te otorgaron a ti el uso. Entiendo que será en la sentencia de separación o divorcio, cuando te hayan otorgado el uso condicionándolo a un plazo, porque si no no tiene sentido.
Pues bien, el que ese derecho de uso se extinga, no significa que se le adjudique a ella de forma automática, ni que tu no puedas usar la vivienda. Lo que han hecho las medidas es otorgarte el uso exclusivo de una propiedad compartida, pero el uso derivado de tu derecho de propiedad te viene dado por ley, no te lo tiene que otorgar ningún juzgado. Si ella pretende el uso exclusivo de la vivienda por su parte, tendrá que solicitarlo al juzgado. Creo que con esto ha quedado claro que todas las posibles amenazas posteriores no tienen trascendencia ninguna. Estás en tu derecho a usar la casa y, por supuesto, tener en ella tus enseres y pertenencias.
MUCHAS GRACIAS por responder. Se merece la máxima puntuación.
Antes de cerrar me gustaría tener una aclaración. Es lo siguiente:
La juez dictaminó en ese auto (en el juicio de medidas provisionales) que mi situación económica era más desfavorable, por lo que el uso y disfrute de la vivienda me lo daba a mí, dándome un período de 6 meses para que buscara otro lugar donde vivir, debiéndome ir si transcurre ese plazo.
El abogado que yo tenía me dijo también eso de los 30 días que había tras ese juicio para confirmar la petición de divorcio para el juicio definitivo, que según él podíamos poner tanto la parte contraria como yo. Decir que a los días escasos de la sentencia de las medidas provisionales favorables a mí, la abogada contraria re-arrancó el divorcio, a lo que mi abogado contesto en su plazo para llevarlo a cabo. (Por cierto, ¿no perjudica en nada que sea una u otra parte la que siga pidiendo el divorcio en ese período de 30 días, verdad? -Mi agobado dijo que era indiferente, porque nosotros ya teníamos arrancado el proceso- ).
Y lo que me tiene más curioso a su respuesta (de Usted) es lo que me dice de la "auto-prorrogación" de las medidas provisionales hasta la sentencia definitiva. ¿Cómo es eso? ¿Quiere decir que aunque hayan pasado los 6 meses, al no haber sentencia de divorcio final, el uso y disfrute aún lo tendría? ¿Es seguro esto?. Esto es lo que más duda me da.
Muchas gracias.
R.P. (Mallorca).
Efectivamente, las medidas provisionales se prorrogan hasta que recaiga la sentencia definitia que las confirme o las modifique. En su caso, al habérsele dado un plazo, el uso otorgado en esas medidas se tendría que acomodar a dicho plazo, pero como ya le dije, uster seguiría teniendo el uso derivado de su derecho de propiedad, que al no existir ninguna resolución que lo otorgue al otro propietario (su ex-esposa) tendría que respetarse. Que sea la otra parte la que intente instar su "desahucio"" de la vivienda (lo tiene muy complicado).
MUCHÍSIMAS GRACIAS por responder, es usted muy amable.
Creo que ya le entiendo, pero perdóneme mi intranquilidad y que aún le pregunte algo en el aire. Es lo siguiente:
Por lo que entiendo de sus palabras, al agotarse los 6 meses de las medidas provisionales, pierdo el derecho exclusivo de uso, pero naturalmente no pierdo el uso, pero entiendo que ella a partir de ahora puede venir siempre que quiera, pero no puede exigirme que no duerma allí, o que no viva. ¿Verdad?.
Por lo tanto, ¿podría alegar que no tengo donde ir (ya que es muy incómodo donde me han acogido temporalmente), y que por lo tanto esperaré a sentencia definitiva de divorcio viviendo allí? Por supuesto que venga ella que quiera, y que si le apetece que venga a vivir a otra habitación, cosa que no creo haga.
No sé si estoy en lo correcto; por favor corríjame o aconséjeme en la buena dirección, por favor.
Muchas gracias. (Tiene Ud. garantizada la máx. puntuación por su amabilidad).
R.P. (Mallorca)
Le finalizo la pregunta con la máx. puntuación.
Gracias por su atención y amabilidad. (Le pedí una 2 aclaración; enseguida que pueda, por favor dígame cosas). GRACIAS.
R.P. (Mallorca)

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas