Medidas provisionales disfrute de vivienda

Hace un año y medio que puse unas medidas provisionales para el disfrute de mi piso previas al divorcio, ya que mi mujer se marchó de casa porque había iniciado una relación con otro hombre, justo cuando estábamos en plena mudanza a nuestro nuevo piso.
La cuestión es que la justicia por unas cosas y otras (huelga, saturación, etc..) se ha ido retrasando, y al final se ha puesto el juicio para dentro de 2 semanas. Pero 2 meses atrás ya estábamos hablando ella y yo para acordar la venta del piso, ya que está a nombre de ambos. Y en plenas conversaciones, es cuando se ha notificado por fin la celebración del juicio. Entonces ella ha cambiado de idea y dice que ahora no quiere acordar nada que favorezca que me quede yo allí, y que prefiere que llegue el juicio porque por la tardanza y el tiempo que llevo yo viviendo allí ahora le favorecerá para que le den el disfrute ahora a ella.
Mi inquietud es:
1.- Si ya hace 1 año y medio que puse las medidas, ¿qué posibilidades de éxito puede tener ahora mi ex-mujer? . Y caso que le den el disfrute a ella, ¿por cuánto tiempo podría ser?.
2.- Como ya estábamos hablando la venta, se me había incluso pasado por la cabeza desistir de la demanda para no tirarme piedras a mi tejado, y ganar tiempo mientras avanza la venta y poder estar en casa, pero ¿podría yo hacer esto?. ¿Tengo derecho?. Pero ¿me podría perjudicar?.
3.- O ¿Algún consejo o estrategia mejor?
(Debo recordar que fue ella la que se marchó de casa, y después tuvo actitud muy interesada despreciando mi posición más débil con la que me quedé, tanto psíquica, como económica).
Notas de interés: ella alega que nunca fue el hogar conyugal, y que yo me fui allí por las buenas. Y yo alego que sí lo fue porque estaba casi todo ya mudado, y comenzamos a vivir unos días, que aunque no muchos, sí lo considero ya hogar familiar. Por lo que quiere alegar y hacer ver que yo renuncié del piso de alquiler para irme al piso nuevo por las buenas.. Lo cual no es así.
En resumen: ella quiere el disfrute ahora de la vivienda, y yo quiero continuar allí con mi vida medio-rehecha y tranquilo a la espera de la venta de la casa, y olvidarme ya de todo.
Gracias por su atención, y me gustaría mucho saber su consejo y opinión.
M.G.

1 respuesta

Respuesta
1
La vivienda que sea el domicilio familiar se le atribuye siempre al cónyuge que ostente la guarda y custodia de menores o en defecto de menores, quien necesite mayor protección, lo que se materializa en los ingresos que tenga uno y otro cónyuge. Si fuiste tu el que pediste como medida que se te adjudicara el disfrute de la vivienda, será a ti a quien se le adjudique, además si ella ya no vive allí, tienes más posibilidades de ganar.
Hola,
GRACIAS por responder. Me gustaría una aclaración. No tenemos ningún hijo, por lo que parece que sólo entran en juego los factores del tiempo transcurrido (el año y medio), y la de mi posición más débil económicamente.
Por lo que deduzco, ella espera que por el tiempo transcurrido, el/la juez determine que yo ya llevo tiempo viviendo allí, y le toque ahora a ella, y que además he tenido tiempo de mejorar económicamente. (Aunque evidentemente no tiene en cuenta el año de recuperación psicológica antidepresiva que tuve; y lo tengo documentado).
Entonces, el que no haya hijos por el medio ¿la ayuda?.
Y ¿Puedo desistir del juicio?... es decir anunciar que desisto de mis medidas, ¿o simplemente no presentarme al juicio?. (Es que temo mucho que encima le den el uso a ella).
Gracias.
M.G.
Si no hay hijos y en la vivienda ya vives tu, tienes las de ganar, porque se supone que si tu vives en la vivienda es porque ella tiene otra en la que vive.
Un consejo: asiste al juicio, el hecho de no asistir no significa que no se vaya a celebrar.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas