Contratos editoriales

No sé si entra en tu especialidad, pero te agradecería que pudieses ayudarme. Necesito saber:
a./ Si cuando una obra se publica con un prólogo de otro autor, la editorial ha de firmar un contrato también con el prologuista, además de con el autor.
b./ Si el contrato con el prologuista ha de incluir derechos de autor o es legal realizar el contrato de publicación sin derechos de autor. Es decir, el prologuista sólo publica y no cobraría nada.

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Respuesta
1
Evidentemente el prologo es una creación intelectual que genera sus derechos para el autor
Savo que el prologuista haya renunciado tiene derecho a que se le abone los derechos económicos
Gracias por la respuesta.
Tenía un poco esa impresión. Entiendo, entonces, que es necesario hacer un contrato con el prologuista en el cual se detalle la publicación del prólogo en la obra y la renuncia expresa a la liquidación de derechos de autor, ya que ese es el caso.

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