Dsesperacion

Bueno antes de nada dedicaros un pequeño homenaje por la gran labor que lleváis a cabo sin ningún tipo de animo de lucro, que hoy día ya es de decir.
Expongo mi caso:
Mi padre tiene una empresa de construcción desde hace nada más y nada menos que 35 años, de a cual ha tenido grandes momentos y momentos malos como actualmente.
Resulta que a causa de lo que le deben no puede afrontarhoy día pagos y más pagos, y la desesperación hace que vea día tras día a mi madre llorando por no tener apenas ni para comer.
Entrando en materia años atrás lo engañaron en una obra de gran millonada, en la ultima certificación se le dejo a deber algo así como 20 millones de pesestas en el año 94 más o menos los cuales tras ganar juicio y demás, la declaración de insolvencia aclara la situación... Dineros que nunca recuperara... Pero esto hace crear una bola claro esta. Si a mi padre le deben 20 millones no son solo en ganancias evidentemente, debía pagar a los oficios, carpinteros, fontaneros... Con lo cual el hombre iba pagando de lo que iba trabajando nuevamente. Pero posteriormente le volvió a pasar lo mismo. Otra gran obra, de bastante dinero y ahora en el 5% de retención no nos lo devuelve (alrededor de 40 mil euros) este tío tampoco tiene nada a su nombre por lo que no hemos ni siquiera pensado en meterlo en juicio... Han pasado 5 años y no tengo ni idea si ha prescrito o no, si debemos meterlo o no... Solo se que nos deben demasiado dinero en la calle y mi padre el hombre no ha parado de trabajar en toda su vida, como para verlo con mi casa su casa hipotecada, con un cobrador del frac al que pagamos de una deuda de 2000 euros y con cosas que no puedo ver. Mi familia esta sufriendo mucho y quiero saber que métodos legales utilizar.
1º se puede cobrar a estos estafadores
¿2º si se declaran insolventes que se les hace?
¿3º hay alguna manera de aplazar todo lo que se debe?
4º cuando prescriben las deudas que ya ha confirmado un juez, ¿y las que no?
Un saludo y mil gracias!

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La solución para la empresa de tu padre es que se declarase en concurso de acreedores, ya que a él no le pagan y así no puede pagar a sus trabajadores.
Claro que se puden cobrar las deudas denunicandoles. Las deudas que ha confirmado un juez en una sentencia no prescriben, y las que no hayáis llevado a juicio prescriben a los 15 años.
Buenas! Mil gracias epero necesito un poco de aclaración en el tema.
¿Me dices que lo que dictamine un juez no prescribe? Mire usted es que tenemos una sentencia ganaa por mediación de un juez y el deudor se declaro insolvente. ¿Qué pasa con esa deuda? La heredaran los herederos, ¿o desaparee al fallecer el deudor?
Y también otro individuo nos debe algo así como 40 mil euros pero no lo metimos en juicio porque no tiene nada a su nombre y para que nos cueste el dinero pues no lo hicimos, ¿pero han pasado 6 años que me recomienda? Pensaba que prescribían a los 5 años!
Insolvente no puede ser toda la vida, y si alguna vez tiene algo a su nombre o cobra alguna nomina, entonces os pagará, pero aunque pasen muchos años, la deuda no prescribe.
Si el otro os debe dinero, aunque no tenga nada a su nombre, podéis denunciarlo antes de que la deuda prescriba.
Pero y si no pone nada a su nombre y siempre es a nombre de su mujer o de sus hijos. ¿Se hereda la deuda?
Podéis acusarle de levantamiento de bienes.
Las deudas también se heredan, pero para heredar tiene que fallecer el deudor.

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