Escriturar solar y vivienda y donación a hijo

Mi abuelo vendió a mi padre a través de un contrato privado de compraventa un solar. Posteriormente mi padre edifico en el mismo su vivienda pero no hizo escritura ni del solar ni de la vivienda. En la actualidad mi padre me quiere donar o vender a mi (hijo único) tanto el solar como su vivienda. Yo en el solar voy a construir una nueva casa así que las preguntas son ¿qué es mejor donación o compraventa? ¿Mi padre deberá escriturar primero lo suyo para luego transmitírmelo a mi o podremos directamente escriturar todo a mi nombre(casa suya y solar) y luego cuando me construyera la nueva casa igualmente escriturarla al mio? Y de igual modo ¿qué documentos se necesitan para estos tramites? Muchas gracias espero su respuesta pues me urge sobremanera. Todo esto es en Teruel lo digo por ubicar el caso.

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Si vas a construir una nueva casa, lo mejor es que tu padre te done o venda el solar, y una vez dueño, escritures tu la nueva vivienda.
Si lo haces por compraventa pagaras un 7% a hacienda de impuesto y si estas casado compraras para el matrimonio.
Si lo haces por donación será exclusivamente tuyo y tu pareja no tendrá nada que ver. Se paga un poco más de impuesto, pero en muchas comunidades autónomas las donaciones tienen unas reducciones bastante importantes y se paga muy poco impuesto. Deberás preguntar en Hacienda de tu comunidad autónoma si existen estas reducciones para las donaciones de padres a hijos.
Muchas Gracias por la respuesta, pero no me queda claro si antes de donarme mi padre el solar y su casa actual necesita escriturarla a su nombre y luego donarme todo, o ya directamente sin escritura a su nombre donarme todo y yo escriturar a mi nombre en una primer escritura primero lo que me dona(su casa y el solar) y posteriormente cuando me construya la nueva vivienda escriturar en una segunda escritura la misma, o esperar a escriturar todo a que finalice mi nueva vivienda y en consecuencia escriturar entonces las dos viviendas y lo que quede de solar a mi nombre todo junto. Gracias de nuevo por su amabilidad.
Tu padre puede donartelo sin necesidad de escriturar antes a su nombre, así ahorrareis una escritura. Si en el catastro aparece a su nombre, con eso es suficiente, y además tu padre puede aportar el contrato privado de compraventa que dices que tiene.

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