¿Tengo obligación de dar servidumbre de paso?

Poseo por herencia una finca que en su día el único acceso que posseia era una vereda para paso de persona junto a la mía se encontraba otras con la misma características mediante adquisiciones y negociaciones se llego a construir un camino particular para dar salida a vía publica. Junto a la mía linda otra que en su día se sgrego por herencia de la principal con acceso directo a camino publico, hoy después de haber estado usando paso por la finca principal me esta pidiendo servidumbre de paso mediante demanda judicial ami ¿puede un juez quitarle una carga a una finca que tiene el deber de mantenerla y dársela a otra?

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Lo siento, no entiendo bien la pregunta. Céntrese y concreteme todos los extremos que sean de interés.
Un vecino teniendo servidumbre de paso por una tercera finca desde hace 30 años me pide a mi que se la de por mi finca ¿qué derechos y deberes tengo?
La finca del vecino se segrego por herencia de la tercera hoy alegan que por motivos de seguridad no pueden hacer uso de esa servidumbre y que adaptar el camino les costaría muy caro aunque la verdad es que por donde ellos pasaban sus sobrinos han vallado impidiéndoles el paso por lugar más seguro
En principio, si quien pretende la servidumbre por su finca adquirió por segregación de una tercera sobre la cual ha tenido durante 30 años el acceso a vía pública, no tiene derecho alguno sobre su finca, dado que nunca lo ha tenido, siquiera consentido.
Aunque si ha presentado demanda judicial, habría que ver los términos de la misma para realizar dicho "petitum", por lo que tendría que ver, al menos, los hechos en que se funda la misma.
Esta respuesta no es constitutiva de informe ni dictamen jurídico alguno, solo responde a la respuesta desinteresada por parte de quien la emite, no supliendo en modo alguno el informe de otro profesional.

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