Intermediario financiero estafador

Mi nueva consulta es ésta:
Necesitaba hipoteca para comprar piso pero por mis condiciones lo tenía difícil así que busqué intermediarios financieros por internet a los que les mandé todos mis documentos para que estudiaran la viabilidad y buscaran hipoteca en las distintas entidades. Uno de ellos me dijo que ya había encontrado un banco que me daba la hipoteca y que le tenía que pagar un dinero para hacer la gestión pero que me aseguraba que la hipoteca estaba concedida (todo esto por email, y guardo los emails). Le hice firmarme un documento como que si no firmaba hipoteca me devolvía el dinero. Así lo hizo. Después de pagarle resultó que no tenía hipoteca ni nada, ni me consiguió hipoteca, así que le reclamé mi dinero. Me fue dando largas pasando la fecha en la que, según documento me tenía que devolver el dinero. Empecé a dar su nombre en los foros contando lo que me pasó y él me dijo que me pagaba si dejaba de hablar de él y si no le denunciaba (todo con otro documentos firmado, donde me pagaba la mitad, y la otra mitad al mes siguiente). Me pagó la primera mitad, pero pasada la fecha para el segundo pago, primero dijo que tardaría un mes más en pagar, pero desapareció del mapa. El caso es que un un abogado me costaría más que lo que me tiene que pagar: 565 euros. ¿Cómo puedo hacerlo para demandarlo sin que me cueste dinero? ¿Puedo pedir un abogado de oficio para este trámite o denunciarlo sin abogado de alguna manera?

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Puede presentar una petición de monitorio o una demanda de juicio verbal (en los juzgados hay impresos normalizados), no es necesaria la intervención de abogado ni procurador en ningún momento, ni en el juicio.
Si elige la vía penal puede poner una denuncia y dejar que el fiscal reclame por el delito de estafa. No sería necesario abogado ni procurador.
No es lo mismo abogado de oficio que abogado gratuito. Primero se solicita la justicia gratuita, se reconoce provisionalmente el derecho a la justicia gratuita por el Servicio de Orientación Jurídica del Juzgado, se le designa abogado de oficio y definitivamente (si se tienen unos ingresos anuales inferiores al doble del Salario Mínimo Interprofesional). Si no se le reconoce el derecho a la justicia gratuita debería pagar al abogado su minuta correspondiente, en caso contrario le paga su Comunidad Autónoma.

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