Alquiler vivienda
Mi marido y yo tenemos cada uno un piso que adquirimos cada uno antes de contraer matrimonio, y me han comentado que para poder deducirnos fiscalmente los dos pisos es necesario que uno esté alquilado, eso es así, ¿no? (Estamos en régimen de gananciales)
En cualquier caso hemos decidido alquilar uno de ellos y mi duda es si al redactar el contrato de arrendamiento tengo que citar el articulo nuevo que se firmó el 23 de noviembre del 2009 de la ley de arrendamientos urbanos (que viene a decir que en quince días puedes proceder al deshacio por falta de pago, o algo así).
Muchas gracias por adelantado.
En cualquier caso hemos decidido alquilar uno de ellos y mi duda es si al redactar el contrato de arrendamiento tengo que citar el articulo nuevo que se firmó el 23 de noviembre del 2009 de la ley de arrendamientos urbanos (que viene a decir que en quince días puedes proceder al deshacio por falta de pago, o algo así).
Muchas gracias por adelantado.
Respuesta de isabelsalas4
1