Derechos usufructo vitalicio

En el 2007 me divorcié, tengo un niño que entonces tenia 2 años del cual tengo la custodia, en el acuerdo de divorcio mi ex marido me cedió la casa (totalmente de su propiedad) en usufructo vitalicio y 200 euros de alimento para el niño, desde ese momento me hice cargo de todos los gastos de la vivienda incluyendo la comunidad, ahora se le han cruzado los cables pues tengo novio y me amenaza con quitarme la casa, llegando a prohibirme llevar a mi novio a la misma y dando a entender que tengo conductas indecorosas ante mi hijo (por supuesto que no).
Mis preguntas son: ¿Puede quitarme el usufructo vitalicio? ¿Puede prohibirme llegar a vivir en esta casa con otro hombre? ¿De qué gastos se tendría que hacer cargo él?
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Si en el Convenio Regulador el le otorgó el usufructo vitalicio sin condiciones, ahora no puede revocarlo. En cuanto a que Vd. tenga conductas inapropiadas ante su hijo, tendrá que acreditarlo, ya que el mero hecho de que vd. conviva con otra pareja no es síntoma ninguno de una conducta indecorosa. Es evidente que no puede prohibirle que conviva vd. con otra pareja en la vivienda, salvo que acredite que esa persona tiene una conducta perjudicial para el menor.
Muchísimas gracias por su respuesta Isabel, me deja mucho más tranquila.
En cuanto a la cuestión de los gastos responsabilidad de mi ex, no lo tengo claro y ahora con la crisis me veo en paro y con pocas posibilidades económicas y todo lo que me pueda ahorrar de gastos será un alivio, que me permitiría llegar a fin de mes sin pedir prestamos a mis hermanos.
Reitero las gracias y espero su nueva respuesta.
Los gastos de la vivienda que puede Vd. repercutir sobre su ex son el 50% del I.B.I. y de cualquier impuesto que grave la propiedad, y los gastos extraordinarios para reparaciones en el edificio, que gire la Comunidad de Propietarios a través de las derramas. Si la cuota de la Comunidad de Propietarios incluye el agua y la calefacción, no podrá repercutírsela. Si no lo incluye, si deberá pagar la mitad de todas aquellas partidas que afecten a la propiedad y no al uso. Por contra, todos aquellos gastos derivados exclusivamente del uso de la vivienda y al deterioro motivado por dicho uso, serán por su cuenta exclusivamente.
Muchísimas gracias por su ayuda, su respuesta me ha dado una vía de escape a la crisis de mi hogar y me ha proporcionado una tranquilidad que necesitaba con urgencia. Muchas gracias de nuevo.

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