Ampliación del plazo de 45 días para escriturar
El pasado día 26/03 firmé el contrato de arras penitenciales para comprar un piso de segunda mano. Di una señal de 18.000 euros. En dicho contrato pone que el plazo máximo para escriturar es de 45 días desde la firma del contrato de arras. No se menciona si se trata de días hábiles o naturales. Lo digo porque el tiempo se me está echando encima y, aunque varios bancos me han dado el visto bueno para concederme una hipoteca, todavía no lo tengo decidido. Además ha coincidido con la Semana Santa por lo que, entre el día 26/03 y hoy, 08/04, sólo han pasado 5 días hábiles.
Si no se dice nada en el contrato de arras, ¿se considera que se trata de días hábiles?
La compra del piso la he realizado a través de inmobiliaria. ¿A quién puede solicitarse una ampliación de ese plazo para firmar las escrituras, al anterior propietario, a la inmobiliaria...?
Si no se dice nada en el contrato de arras, ¿se considera que se trata de días hábiles?
La compra del piso la he realizado a través de inmobiliaria. ¿A quién puede solicitarse una ampliación de ese plazo para firmar las escrituras, al anterior propietario, a la inmobiliaria...?
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Respuesta de HYN ABOGADOS
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