Duda sobre hurto y apropiación indebida

Me dirijo a usted a ver si por favor puede darme algún consejo ya que me van a juzgar por los hechos que le describo a continuación y no puedo costearme un abogado para que me ayude a no ser que me concedan uno de oficio.
Resulta que el otro día me encontré al ir a aparcar en el parking gratuito subterráneo de unos grandes almacenes, una bolsa tirada en el suelo del parking con objetos muy valiosos en su interior (comida y material electrónico con una cuantía superior a 400 euros). Se me ocurrió guardarla en el maletero de mi coche pensando que antes de que se la llevase cualquier otra persona me la llevaba yo. Con la bolsa en el maletero, subí a hacer mis compras. Una vez en el centro comercial, aparte de comprar, me guardo un artículo con valor de 80 euros en el bolsillo y me paran cuando me dirigía a mi coche. Me llevaron a un cuarto donde reconozco que he robado ese artículo y el empleado de seguridad me pide la documentación. Resulta que el DNI y el carnet de conducir los tenía en casa, por lo que el empleado llamó a la policía. Al llegar la policía me dicen que vallamos a mi coche para ver que documentación tenía, y una vez allí, encuentran la bolsa en el maletero. Dan por hecho que el contenido de la bolsa son cosas robadas por mí porque no tengo el ticket y yo les digo que no, y se me ocurrió decirles que era de una compra que había hecho mi madre, me puse nervioso y no les dije la verdad que era que me la había encontrado minutos antes. Vieron grabaciones y no encontraron pruebas de que el contenido de la bolsa lo hubiese robado. Total, la policía me llevó a comisaría para comprobar mis datos, y me puso una denuncia de falta por hurto del artículo de 80 euros, y un posible delito a demostrar por hurto de todo lo que había en la bolsa del maletero, la cual me requisaron hasta el juicio.
He investigado por mi cuenta y por lo que he visto en la ley sobre el hurto, si los jueces consideran que lo que había en mi maletero lo he hurtado y teniendo en cuenta que su valía supera los 400 euros, me puedo enfrentar a una pena de 6 a 18 meses de prisión. También he visto que si digo la verdad que es que me encontré la bolsa, podría ser un delito de apropiación indebida no sé si también castigado con prisión porque lo define como "pena de multa de tres a seis meses". Puedo decir que la bolsa es una compra de mi madre y que ella ha tirado el ticket de compra, ya no sería una apropiación indebida, pero eso es indemostrable a no ser que declare mi madre que por supuesto no quiero que se entere de esto.
Si no me conceden un abogado de oficio como he solicitado, es posible que me tenga que autodefender en el juicio, soy estudiante universitario y no tengo recursos. Le pido por favor su opinión y cómo cree que podría evitar la prisión si es posible, ya que el hecho de encontrarme una bolsa abandonada y llevármela como haría casi cualquier persona puede llevarme a prisión, algo que nunca me habría imaginado.
Disculpe por la extensión de mi consulta.

11 Respuestas

Respuesta
1
De primeras te diré que mi especialidad es el Derecho Administrativo no el Derecho Penal, después de esto, me gustaría saber si tienes antecedentes penales. Lo del hurto de 80 euros, se quedará en una multa como mucho.
Lo de la bolsa, ¿hay alguna grabación dónde se te vea coger la bolsa y meterla en el maletero? En caso negativo, esa bolsa la puedes tener ahí por miles de razones un regalo, se la estás guardando a un amigo, etc.
En ningún caso creo que vayas a la cárcel y menos por esas cuantías, no obstante, obra con más cabeza la próxima vez para que no te pasen estas cosas, y puedes consultar el caso a un compañero especialista en penal, que te contestará mucho mejor que yo y más específicamente.
Ante todo muchas gracias por ayudarme aunque no sea tu especialidad.
No tengo antecedentes penales.
Es seguro 100% que ninguna cámara me graba guardándome la bolsa en el maletero. He pensado mucho sobre qué decir al juez sobre la bolsa. Si no hay un dueño que la reclame y se considera que la bolsa no tiene
dueño, no termino de entender que exista apropiación indebida, me la
pueden haber regalado, vendido de segunda mano, etc. Pero no me termina de cuadrar porque la persona que me la regala, vende o presta para que se la guarde en el maletero, supongo que tendría que declarar, aunque puedo decir que no se quien es, que era un desconocido y no me acuerdo ya ¿no? No sé si puedo decir que me la vendió un un gitanillo en el parking y no tengo ni idea de como se llama. Ya te digo que donde dejé mi coche no había cámaras seguro porque es lo primero que miré.
Y otra cosa, desconozco si tengo derecho a ir a la comisaría donde me pusieron la denuncia y obtener una copia de ésta.
Saludos.
El problema sobre la bolsa, es que ya en tu primera declaración dices que es de tu madre, al cambiar es algo raro, pero claro tampoco tienen forma de saber de quién es esa maleta y lo que llevaba dentro y menos si nadie ha denunciado su robo o extravío.
Cuando te asignen el abogado de oficio, este debe asesorarte para dar una versión sólida y firme. La bolsa puede estar en tu maletero tú haberlo comprado cualquier otro día, y no por ello tener el ticket o factura de compra, tú no tienes que demostrar que no lo has robado, lo que tienen que demostrar ellos es que tú lo robaste. Ya para eso tu abogado se encargará de buscar una explicación.
Sí, tienes derecho a ir a la comisaría y obtener una copia de la denuncia, por supuesto.
Respuesta
1
Tienes derecho a que te nombren un abogado de oficio. Es más, te lo van a nombrar porque es obligatorio que lo haga el juzgado.
Lo que tú te llevaste del centro comercial por valor de 80 euros es una falta de hurto, es decir muy leve y se castiga con una multa de entre uno y dos meses, o con localización permanente (no salir de casa) de entre cuatro y doce días. Te explico esto.
El juez puede decidir ponerte la pena de multa, o la de localización permanente. ¿De qué depende? De como lo vea él. Hay jueces a los que les gusta más la multa y a otros la localización permanente. Esto no lo podemos saber sin conocer al juez. La multa será de alrededor de 6 a 10 euros por cada día, o sea un mínimo de 180 euros y un máximo de 600, pero lo normal es que la multa esté mucho más cerca de los 180 que de los 600. Si al juez le gusta más la localización permanente, entonces espérate de 10 a 12 días, casi el máximo o el máximo. Lo puedes cumplir en fines de semana, si quieres, o seguidos, como prefieras. Si te ponen multa, págala cuanto antes y ten en cuenta que si no pagas la multa te pueden cambiar la pena por ingreso en prisión o trabajo para la comunidad
Respecto a la bolsa del garge es mejor que cuentes la verdad. A tu madre no la puedes complicar en el juicio porque la obligas a decir una mentira y si la cogen habrá cometido un delito de falso testimonio (mentir en un juicio es un delito). Si te piden explicaciones de por qué dijiste primero lo de tu madre, di también la verdad, que te pusiste nervioso, pero después de reflexionar te has dado cuenta de que con las mentiras no se consigue nada.
Es imposible que nadie pueda demostrar que tú robaste el contenido de la bolsa del garaje, de modo que el juez se creerá que te la encontraste en el garaje, como tu dices.
La pena de ese tipo de apropiación indebida es de tres a seis meses de multa. Esto es multa no prisión. Ponle entre 6 y 10 euros por día y te mueves en un mínimo de 540 y un máximo de 1.800 euros. La multa te la pondrán tirando más cerca de los 540 que de los 1.800 euros.
Dile a tu abogado de oficio, que ya te enterarás de quién te ha tocado, que como no tienes nada que hacer porque te han pillado con las manos en la masa, que llegue a un acuerdo con el fiscal. Tú aceptas los hechos de la falta de hurto y el delito de apropiación indebida y el fiscal pide el mínimo. Que te lo pasen a juicio rápido y así de la condena te rebajan una tercera parte. El fiscal aceptará el trato porque sabe que no te puede acusar del delito de hurto, pero tú tienes que saber que el juez te puede condenar por la apropiación indebida aunque el fiscal pida hurto, con tal que en el juicio el juez le proponga al fiscal que pida la condena por la apropiación. Total, que tanto al fiscal como a ti os conviene llegar a un acuerdo.
Esto se hace todos los días en todos los juzgados. Es un tato muy sencillo y muy fácil. Total, la cosa quedaría en alrededor de 120 euros por la falta de hurto y en alrededor de 360 euros por el delito de apropiación indebida, que sean 150 y 400.
Puedes pedir que la multa (las dos) la pagues a tanto al mes, por ejemplo en tres meses a lo quie salga cada mes, sin intereses. ¿No está maa, verdad?
Hay una remota posibilidad más favorable para ti, pero te la cuento solo para que lo sepas, porque es difícil que se produzca. Que el fiscal acuse de huirto, que no haya pruebas, que el juez no proponga el cambio de delito en el juicio y que, al final te tenga que abolver por lo de la bolsa del garaje. Para que suceda esto hace falta que el fiscal y el juez sean poco hábiles y como eso no es fácil que sea así, esta posibilidad es remota.
Recuerda que te van a quedar antecedentes penales. Cuidadín con repetir tonterías.
Si tienes dudas, te las aclaro con mucho gusto.
Ante todo muchas gracias por ayudarme.
Perdona por mi ignorancia en el tema, pero cuando hablas del fiscal no sé si te refieres al abogado que defenderá al centro comercial o si es otra persona.
Por otro lado, me pregunto si la apropiación indebida sólo existe si la persona que se dejó la bolsa olvidada ha puesto una denuncia por desaparición para reclamarle el dinero a su seguro por ejemplo. Lo digo porque es posible que esa persona no haya reclamado la bolsa y la haya dado por perdida. Si no hay un dueño que la reclame y se considera que la bolsa no tiene dueño, no termino de entender que exista apropiación indebida, me la pueden haber regalado, vendido de segunda mano, etc.
Y otra cosa, desconozco si tengo derecho a ir a la comisaría donde me pusieron la denuncia y obtener una copia de ésta.
Saludos.
El fiscal es que siempre acusa en las películas. Representa al Estado. Otro diferente es el abogado del centro comercial, que va al interés que le conviene a él. El Fiscal es más imparcial y si tiene que pedir la absolución del acusado la pide. No en tu caso porque el fiscal te acusará y el abogado del centro comercial también. Pero no pasa nada, no es más grave que te acusen dos. El juez te juzgará por lo que hiciste, no porque te acuse el fiscal y el abogado del centro comercial.
Es apropiación indebida siempre que te encuentres algo en la calle, o en el garaje que da lo mismo, que debe tener dueño, que su dueño estará en algún lugar y te lo quedes tú. Da igual que el dueño lo haya denunciado o no, salvo que lo te encuentres esté en un basurero.
Te lo pueden haber regalado o vendido, pues es verdad. Pero esto lo tienes que demostrar tú, porque se parte de la base de que es de alguien que no eres tú. Para demostrarlo tienes que contar con un testigo falso y ¿quién va a mentir en un juzgado por salvarte a ti?
No le des vueltas. Te han pillado y lo mejor que puedes hacer es lo del acuerdo con el fiscal y con el abogado del centro comercial para que la multa sea lo más pequeña posible. Si quieres buscar la absolución, lo más probable es que te encuentres con una condena mayor que la que podrías haber obtenido con un acuerdo con el fiscal y el abogado del centro comercial
Se me olvidaba responder a una pregunta tuya. Si vas a comisaría no te darán la copia de la denuncia. No es posible porque no tienes derecho a que te la den. Pero si vas al juzgado, sí que podrás leer la denuncia y todo lo que el juzgado haya hecho y tu abogado sí que puede pedir una copia de todo, con lo que te podrá dar una fotocopia de lo que le den a él. O sea, que se lo digas a tu abogado cuando te digan quién es y así tendrás todos los papeles a través suyo.
Respuesta
1
Primero de todo decirle que en derecho no existe el 2 y 2 son 4; es decir, que todo es posible siempre que se argumente bien y pueda probarse.
Segundo decirle que, obligatoriamente, le será nombrado un abogado de oficio que le defenderá ante el Juez (tanto en la instrucción que es una primera fase como en el juicio si se llega). Lo único que le puede pasar (que según dice no podrá ser así) que si se comprueba que tiene suficiente dinero tendrá que pagar su coste.
Por la falta de hurto poco tiene que hacer ya que hay testigos (los que vieron el objeto).
Por lo de la bolsa del coche, como Vd. dice, tiene varias posibilidades:
- Mantener la versión que era de su madre: En este caso, quiera o no su madre tendrá que ir a declarar ya que el juez considerara que como prueba de ello la propietaria ha de reconocer que es suyo.
- Cambiar versión a apropiación indebida (art. 253 Código penal). En este caso la pena a imponer es de multa. El juez estimará una cantidad por cada día de multa y luego multiplicará por el tiempo de multa establecido. Por ejemplo: 10 euros por día de multa y una multa de 3 meses: Igual a 900 euros. Pagando elude la prisión. Ha de tener claro que si le condenan ya tendrá antecedentes penales cosa que le repercutirá en el futuro.
Ha de pensar que todo depende de lo que se pueda probar y lo que no. El ministerio fiscal intentará demostrar lo que pueda y el Juez sólo condenará por aquello que esté demostrado.
- Por último, para el caso que fuera condenado por un delito de hurto con pena de prisión; ha de tener en cuenta que las penas inferiores a 2 años pueden suspenderse o sustituirse (por multa por ejemplo) en casos que no haya antecedentes penales, por ejemplo.
Por eso, una pena de prisión no supone un ingreso inmediato.
Ante todo muchas gracias por ayudarme.
En cuanto a lo de la bolsa, la versión de mi madre la descarto por completo. Pero me pregunto si la apropiación indebida sólo existe si la persona que se dejó la bolsa olvidada ha puesto una denuncia por desaparición para reclamarle el dinero a su seguro por ejemplo. Lo digo porque es posible que esa persona no haya reclamado la bolsa y la haya dado por perdida. Si no hay un dueño que la reclame y se considera que la bolsa no tiene dueño, no termino de entender que exista apropiación indebida, me la pueden haber regalado, vendido de segunda mano, etc.
Y otra cosa, desconozco si tengo derecho a ir a la comisaría donde me pusieron la denuncia y obtener una copia de ésta.
Por último, no sé si las multas a pagar para evitar la prisión inferior a 2 años son de valor muy elevado en caso de que me tocase pagarla.
Saludos.
Como te he comentado para que te tengan que condenar tiene que haber pruebas (o fuertes indicios).
Por eso, aunque sea para condenarte por apropiación indebida tienen que probar que ha existido (tu no has de probar que no es apropiación indebida).
Para poder probarlo, tanto la policía como el ministerio fiscal analizarán si hay denuncia o no (si no la hay es difícil que puedan condenarte), tus declaraciones y si hay o no contradicciones, verosimilitud de tu declaración, incoherencias, el hecho que hubieras sido sorprendido en un hurto "in fraganti"...
Pero sobreoto, si no hay indicios fuertes o pruebas que se haya cometido la apropiación indebida no podrán condenarte.
Y lo que comentaba de evitar prisión: Si la condena es inferior a 2 años (en tu caso aunque te condenen seguro que lo es) y NO TIENES ANTECEDENTES el Juez probablemente suspenderá la condena a condición que no vuelvas a cometer un nuevo delito durante el plazo que establezca. Si lo hiciera, CUIDADO, porqué nuevo delito es cualquier delito(también conducir bajo los efectos del alcohol o sin carnet o sin seguro). Si cometes nuevo delito entras en prisión directamente!
Por lo que hace a la sustitución (por ejemplo cambiar la prisión por multa) la cantidad la establece el juez. Según tus ingresos y propiedades, por ejemplo, puede establecer una cuota de 5 euros día o una de 25 euros día. Depende de tus posibilidades económicas.
Respuesta
1
El hurto consiste en tomar las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño. En este caso no se sabe si la bolsa tiene dueño, así que difícilmente se puede saber cuál es su voluntad. No veo que haya hurto. Más bien parece apropiación indebida.
La pena de multa es económica, la mínima es de 180 euros, y la máxima de 72000. Se establece en proporción al valor de lo apropiado. Si es insolvente puede hacer trabajos en beneficio de la comunidad en vez de pagar la multa.
Gracias por responder.
No me queda claro que la pena por apropiación indebida sea una multa económica teniendo en cuenta que el contenido de la bolsa supera el valor de 400 euros, esto es lo que dice la ley al respecto:
"Serán castigados con la pena de multa de tres a seis meses los que, con ánimo de lucro, se apropiaren de cosa perdida o de dueño desconocido, siempre que en ambos casos el valor de lo apropiado exceda de 400 euros".
Las multas se establecen por el sistema de día-multa. Se considera que cada mes tiene 30 días, y por cada día la multa puede ser de 2 a 400 euros.
Ante todo muchas gracias por ayudarme.
Me pregunto si la apropiación indebida sólo existe si la persona que se dejó la bolsa olvidada ha puesto una denuncia por desaparición para reclamarle el dinero a su seguro por ejemplo. Lo digo porque es posible que esa persona no haya reclamado la bolsa y la haya dado por perdida. Si no hay un dueño que la reclame y se considera que la bolsa no tiene dueño, no termino de entender que exista apropiación indebida, me la pueden haber regalado, vendido de segunda mano, etc.
Y otra cosa, desconozco si tengo derecho a ir a la comisaría donde me pusieron la denuncia y obtener una copia de ésta.
Saludos.
Según el código civil, artículo 615, "El que encontrare una cosa mueble, que no sea tesoro, debe restituirla a su anterior poseedor. Si éste no fuere conocido, deberá consignarla inmediatamente en poder del Alcalde del pueblo donde se hubiese verificado el hallazgo.
El Alcalde hará publicar éste, en la forma acostumbrada, dos domingos consecutivos.
Si la cosa mueble no pudiere conservarse sin deterioro o sin hacer gastos que disminuyan notablemente su valor, se venderá en pública subasta luego que hubiesen pasado ocho días desde el segundo anuncio sin haberse presentado el dueño, y se depositará su precio.
Pasados dos años, a contar desde el día de la segunda publicación, sin haberse presentado el dueño, se adjudicará la cosa encontrada o su valor al que la hubiese hallado.
Tanto éste como el propietario estarán obligados, cada cual en su caso, a satisfacer los gastos."
Artículo 616.
Si se presentare a tiempo el propietario, estará obligado a abonar, a titulo de premio, al que hubiese hecho el hallazgo, la décima parte de la suma o del precio de la cosa encontrada. Cuando el valor del hallazgo excediese de 2.000 pesetas, el premio se reducirá a la vigésima parte en cuanto al exceso.
Tiene que entender que de momento hay una denuncia, usted es inocente, el fiscal debe demostrar que usted tenía intención de apropiarse unos objetos ajenos. Usted puede declarar que estaban guardados en el maletero de su coche porque pretendía llevarlos a la policía para denunciar su desaparición o cualquier otro motivo exculpatorio.
Solo tiene derecho a obtener copia de la denuncia el denunciante. Cuando vaya a declarar al juzgado tendrá que ir con abogado, y si no lo elige usted le designarán uno de oficio. Entonces podrá pedir copia de la denuncia y del atestado policial.
Lo de que la bolsa estaba guardada en el maletero de mi coche porque pretendía llevarla a la policía para denunciar su desaparición, iría en contra de la versión que le consta al centro comercial. A ellos les dije que era una compra de mi madre, me puse nervioso y sabía que les dijera lo que les dijera, no me iban a creer ya que me acababan de pillar hurtando un artículo de 80 euros. Esto mismo se lo puedo decir al juez pero no se hasta que punto lo comprendería.
Gracias. Un saludo.
Usted puede decirle al juez que no recuerda bien lo que dijo a la policía porque estaba muy nervioso o que les dijo que iba a llevar la bolsa a comisaría, ya que se la había encontrado en el parking del centro comercial. Al final lo que importa es lo que se diga en el juzgado, y especialmente en el juicio, no tanto lo que haya dicho a la policía o a otras personas.
Respuesta
1
Lo siento pero en tema de leyes no puedo ayudarte.
No se desde que país escribes, en España tienes derecho a un abogado de oficio siempre, desconozco lo que puede pasar fuera de España.
Tendrás que preguntar a alguien que sepa de leyes, o un abogado, y este no es mi caso.
Lo siento, mucha suerte.
Respuesta
1
Unicamente pueden demostrar el hurto de 80 o 90 euros, que reconociste.
La bolsa, puedes decir que te la dio tu madre o que piensas que es de ella y como no pueden demostrar nada, ya que la carga de la prueba recae en el acusador, en principio la pena se impondría por la falta, si no tienes antecedentes, se suspendería pero según el juzgado y el juzgador hazte una idea de entre 2 meses a 4 meses, sustituible por multa o trabajos en beneficio de la comunidad
Ante todo muchas gracias por ayudarme.
El tema de la bolsa, si no hay un dueño que la reclame y se considera que la bolsa no tiene dueño, no termino de entender que exista apropiación indebida, me la pueden haber regalado, vendido de segunda mano, etc. Pero no me termina de cuadrar porque la persona que me la regala, vende o presta para que se la guarde en el maletero, supongo que tendría que declarar para demostrarlo, aunque puedo decir que no se quien es, que era un desconocido y no me acuerdo ya ¿no? No sé si puedo decir por ejemplo que me la vendió un un gitanillo en el parking y no tengo ni idea de como se llama. Ya te digo que donde tenía mi coche no había cámaras seguro porque es lo primero que miré antes de recoger la bolsa.
Y otra cosa, desconozco si tengo derecho a ir a la comisaría donde me pusieron la denuncia y obtener una copia de ésta.
Saludos.
Mejor no decir nada de la compra de los objetos de la bolsa porque eso supone un delito de receptación.
Si tiene derecho a obtener copia de la declaración que preste, por lo demás hay veces que las denuncias se pierden, y como le digo a mis clientes, mejor no preocuparse hasta que haya que hacerlo
Respuesta
1
Según creo nos hallamos ante un hecho cometido en españa o argentina y yo soy de paraguay por lo que mi opinión no va a ser determinante, de todos modos al recibir esta consulta debo decirle que por principio general se presume la inocencia del imputado hasta tanto la fiscalía demuestre lo contrario, es decir la prueba fehaciente de que usted cometió el hecho castigado por la ley.-
En el hecho por usted relatado, al no probarse el hurto de los artículos contenidos en el bolso ni existir denuncia sobre tales objetos, no constituye apropiación..
Es decir, si la fiscalía le atribuye la comisión de un hecho punible lo debe probar, y aun más, ante cualquier duda o falta de certeza, se esta a favor del imputado.-
De todas maneras, la expectativa de pena del hechos que se le atribuye, admiten la suspensión a prueba de la ejecución de la condena, o sea, si es condenado a una pena penitenciaria de hasta 2 años, puede ser beneficiado con la suspensión del cumplimiento de esa pena a condición de que cumpla ciertas reglas de conducta por igual periodo.-
También debo decirle que le sera más cómodo si asume la realidad por más doloroso que parezca y lo comente a su madre,, es inevitable que se entere y le puede ser de mucha ayuda su contención, una madre siempre perdona.
Respuesta
1
El abogado te lo van a proporcionar seguro, no puedes ir a un juicio sin abogado, por lo tanto te lo pondrán. Tu hiciste un hurto por lo que te llevaste de la tienda y una apropiación indebida por lo que te quedaste sin ser tuyo.
Las penas del hurto lo has dicho bien y las de apropiación indebida significa que no tiene pena de prisión sino que de tres a seis meses pagaras una multa a razón de por dinero por día y por mes, es decir, tres euros cada día durante 2 meses (por ejemplo).
Yo me declararía culpable de todo para que te atenuaran la pena y ten en cuenta que no tienes antecedentes por lo que no vas a entrar en prisión ni en broma.
Te digo esto porque en los parking normalmente hay cámaras y pueden demostrar que te lo encontraste y lo metiste en tu coche.
Ante todo gracias por ayudarme.
Hoy me ha llegado la citación y con ella grapada la denuncia de la policía. Le pongo lo que dicen textualmente sobre el contenido de la bolsa: "Se procede a efectuar el registro del vehículo encontrándose en el maletero del mismo varios artículos guardados en una bolsa, de los que no pueden aportar tickes de compra ni procedencia de los mismos. El vigilante de seguridad manifiesta que los artículos que guardan en el maletero son procedentes del centro comercial y son robados, si bien el hecho no ha sido observado por ningún testigo ni hay cámaras de seguridad que verifiquen tal hecho."
No dicen nada más, y yo le puedo garantizar que cuando recogí la bolsa del suelo lo primero que comprobé es que no había cámaras en la zona. Mi opinión es que con la excusa apropiada puedo quedar limpio en el tema de la bolsa. No quiero involucrar ni a mi madre ni a ningún amigo. Puedo decir que recogí la bolsa para llevársela a la policía y denunciar que alguien la había perdido, y que cuando me la vieron en el maletero, como supuse que no me iban a creer porque me acababan de pillar hurtando el artículo de 80 euros y estaban desconfiando de todo lo que les decía, que me puse nervioso y dije que la bolsa era una compra de mi madre. En aquel momento la verdad que la policía se pensaba que les estaba tomando el pelo, se creían que todas las cosas que había por mi coche las había robado, incluso lo comprobaron con varias pertenencias mías que luego me devolvieron. Si se le ocurre algo mejor que puedad declarar sobre la bolsa se lo agradecería.
Un saludo.
Sobre la bolsa di la verdad, que te la encontraste y que pensabas devolverla a la policía pero que no te dio tiempo. No pueden demostrar que lo robaras.
Respuesta
1
Disculpe la tardanza en responder, Antes que nada No se preocupe y yo quiero que usted tenga en cuenta lo siguiente:
- Me parece muy extraño que la policía al momento de formular una acusación contra usted, no hayan declarado al Juez las cosas que habían en la bolsa, so pretexto de continuar investigando; aun así déjeme decirle que el delito de Hurto se persigue cuando existe una victima que resulta perjudicada; es decir una persona que se siente ofendida con su acto; la policía al no tener dicha declaración de la victima, no puede iniciar acción penal contra usted.
- En el peor de los casos, si a usted lo persiguieran penalmente, En mi país ( El Salvador), el delito de Hurto es conciliable; es decir usted puede llegar a un acuerdo con la victima; déjeme decirle que las leyes de mi país son una replica exacta a las leyes españolas, ya que estas son muy avanzadas; por lo que puedo estar casi seguro que también en España el delito es conciliable.
- Existe un termino que se llama termino de Flagrancia en el cual el Agente Policial puede capturarlo sin mayores formalismos, pasado el termino ( 24 horas. En mi país), El agente Policial debe de solicitar una orden de Captura, para poder proceder, y una orden de allanamiento para poder ingresar a su residencia
- No se preocupe; Victima no creo que aparezca, pueda ser que aparezca alguien reclamando la bolsa pero como usted cuenta no creo que la persona este dispuesta a meter a la cárcel a un inocente.
-Por ultimo, La MEJOR ARMA QUE UN IMPUTADO TIENE EN JUICIO ES EL SILENCIO, para n futuro No hable nada con nadie no de delcaraciones a nadie si no es con la presencia de su abogado, no concilie sin su abogado, los abogados públicos son muy buenos, lo que pasa es que aveces se acomodan pero, estos pueden brindar muy buena asesoría.
Espero que las cosas se aclaren, y ojala le haya ayudado
Respuesta
1
Solo podrás autodefenderte si es falta, nunca si es delito, en ese caso tendrás derecho a abogado de oficio.
Si no tienes antecedente penales y la pena no supera los dos años de cárcel no iras a prisión, fíjate en ello.
Siempre puedes conformarte con la pena que pida el fiscal y negociar con el. Y capetar su pena.
Si, es un juicio de faltas, me lo aclararon cuando fui a solicitar el abogado de oficio. Por lo visto lo han clasificado como juicio de faltas porque aunque en la denuncia suponen que el contenido de la bolsa lo he robado no tienen grabaciones ni testigos.
Lo que no se es si dentro de ese mismo juicio de faltas me pueden acusar de delito de hurto, o si en ese caso se convocaría otro juicio aparte, para el cual ya supongo que podría solicitar un abogado de oficio.
Otra cosa, supongo que me tendrán que devolver la bolsa si digo que es mía y he tirado los tickets. No se como lo verá usted, si no tienen ninguna prueba para saber de donde ha salido la bolsa, no voy a decir que me la he encontrado para que me acusen de apropiación indebida. Pero por otro lado, si no reclamo la bolsa van a pensar que no es mía. Aquí tengo un dilema moral y le agradecería mucho su opinión.
Un saludo.
No creo sea un dilema moral. Si no se aclara la pertenencia se le devolverán.
No le juzgaran por delito de hurto sin abogado.
Respuesta
Desconozco lo siento.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas