Juicio faltas maltrato de obra y amenazas

El día 15 de junio de 2010 me han citado como denunciada por una falta de maltrato de obra y amenazas.
No me han aportado la denuncia interpuesta contra mí y por tanto no se pone. En la citación no aparece ni procurador ni abogado de la otra parte. Mis dudas son, ¿debo acudir al juzgado a ver de que va el tema? ¿El qué no aparezca ni abogado ni procurador que significa? ¿No los lleva?
Estoy en paro (sin cobrar nada), tengo una hipoteca, separación de bienes y dos hijos. Mi vivienda no está a mi nombre ni el coche por el que creo que viene el tema (tras un leve rozón con otro, hubo una discusión, sin daños corporales alguno) tampoco.
Si me condenaran, que no lo creo por lo que me he informado, pero me preocupa ¿Qué me puede pasar?

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Todavía hay juzgados que tienen la mala costumbre de enviar una citación a juicio sin acompañar la copia de la denuncia para que sepas por qué has sido denunciada. De modo que tocará acudir tú al juzgado para pedir que ten la copia de la denuncia. Te la darán si la pides.
La falta de abogado y de procurador no tiene importancia. En los juicios de faltas no es necesario ni uno ni otro, de modo que lo más probable es que el denunciante no haya utilizado ni abogado ni procurador hata ahora. Pero puede suceder que el día del juicio se presente con un abogado. No sería mala idea que tú también fueras con un abogado. Si no puedes pagar uno, puedes pedirlo de oficio en el juzgado, por ejemplo el miso día en que vayas a pedir la copia de la denuncia. Pero ten en cuenta una cosa, que no podrás elegir el abogado de oficio y te tendrás que conformar con el que te nombren y como los hay bueno, regulares y malos, casi es mejor que contrates tú a quién te guste porque la defensa por un juicio de faltas seguro que la puedes pagar aunque estés muy alcanzada de dinero.
En este tipo de denuncias es fundamental para el denunciante tener algún testigo de los hechos. Si no los tiene entonces es muy probable que salgas absuelta porque sería la versión tuya contra la de él. Si él tiene testigos y tú también, la cosa se equilibra y ya depende de a quién se crea más el juez, lo que no podemos saber por anticipado. En cualquier juicio tiene más ventajas quién tiene testigos que quién no los tiene.
Las condenas por estas faltas no son preocupantes. La falta de mal trato lleva condena de 10 a 30 días de multa, o localización permanente de 2 a 6 días. Esto de localización permente quiere decir no salir de casa durante los días que el juez condene y los puedes cumplir todos seguidos o en días alternos como fines de semana por ejemplo. La multa por cada día será de entre 5 y 7 euros diarios. Pon un mínimo de 50 euros y un máximo de 210 euros, aunque probablemente estará más cerca de los 50 que de los 210. En tu caso, que tienes una situación económica difícil, hasta podrías conseguir una condena de algo menos de 50 euros. Que la pena sea de multa o de localización permanente depende del juez; a unos les gusta más la multa y a otros más la localización permanente. Esto es algo que no podemos saber por anticipado.
La pena por la amenaza siempre es de multa, entre 10 y 20 días. Las cuentas de la multa serían aproximadamente muy parecidas a las anteriores. Ponle un máximo de 140 euros, pero creo que rondaría más bien los 50 o incluso, en tu situación, algo menos.
Como ves, nada de lo que debas preocuparte demasiado. Si ya te has estado informando y te han dicho que probablemente te van a absolver, será verdad y tu preocupación será menor, pero por lo que te he dicho tampoco en caso de condena la cosa es inquietante. Además, las multas las puedes pagar a plazos y sin intereses. Lo puedes pedir en el juzgado y te lo concederán.

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