Anónimo
Presunta falta por estafa
¿Unos grandes almacenes me han denunciado por presunta falta por estafa por haber cambiado las pegatinas de los precios por importe inferior a 400?, sin haber hecho intención de salir a la calle y después de pasar por caja me ha parado un guarda jurado y me ha dicho que iba a llamar la policía para poner la denuncia por presunta estafa porque tenían unas imágenes de las cámaras y un testigo
¿Qué puedo alegar a mi favor y que multa puedo tener? Gracias
¿Qué puedo alegar a mi favor y que multa puedo tener? Gracias
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Respuesta de Julen Zarraga Abogado
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Julen Zarraga Abogado, Abogado con despacho en Bilbao (Vizcaya) civilista y penalista
Si solo ha intercambiado los precios y no se ha llevado ninguno de esos objetos no veo que haya estafa. La falta de estafa se castiga con con localización permanente de cuatro a 12 días o multa de uno a dos meses (60-24.000 euros).
Si, después de intercambiar los precios pasa por caja y lo pague (incluso con mi tarjeta pues no sabia que estuviera cometiendo ningún delito) siendo consciente del error me iba a dirigir al mostrador de la derecha la puerta de salida la tenia a la izquierda que era el mostrador de Devoluciones y la guarda jurado me lo impidió llevando hacia el otro lado y diciéndome que iba a llamar a la policía y que no me podía mover de allí, no me dejo usar el teléfono móvil, ni salir al coche (iba con mi marido y mis hijas 5 y 2 años y no pude ni salir a por agua hasta que no llego la policía) y me dirigeron que me denunciaban por presunta falta por estafa, no me dejo ni hablar con el encargado ni devolverlo ni pagar la diferencia solo insistía en llamar a la policía y yo no había ni cruzado ni intentado cruzar la puerta hacia la calle.
Que puedo hacer tengo un juicio y me parece surreal la situación en la que esta señorita se empeño en meternos sin dejarnos ni rectificar ni aclarar. Gracias de nuevo y un saludo.
Que puedo hacer tengo un juicio y me parece surreal la situación en la que esta señorita se empeño en meternos sin dejarnos ni rectificar ni aclarar. Gracias de nuevo y un saludo.
En su defensa puede decir que no llegó a salir del establecimiento y que se dirigía al mostrador de devouciones cuando la guarda jurado se lo impidió, ordenándole que esperara a que llegase la policía. Si no tenía intención de llevarse el objeto no hay falta. Por otro lado sepa que, si en el futuro le vuelve a pasar algo parecido, los empleados de seguridad no son autoridad, así que no tiene por qué hacerles caso a lo que le digan. Ni pueden retenerla.
Gracias pero espero y deseo que no se vuelva a repetir.
Lo que no entiendo es porque si vieron desde las cámaras el cambio de etiquetas no me avisaron y esperaron a que pagara por caja que ganan poniendo denuncias si me hubieran advertido no lo hubiera cambiado y habrían ganado una venta cosa que de esta manera han perdido.
Y además a mi marido que salio primero y le retuvo no le dejo usar el teléfono móvil para evitar que me llamara y me avisara, ¿yo creía con el susto que dentro del establecimiento tenían autoridad para retenernos y no usar el móvil pero ahora que lo pienso me parece un atropello y tenia que haberla denunciado yo también a ella no?
Eres muy amable, ¿te agradezco enormemente tu tiempo muchísimas gracias de veras?
¿Qué puede argumentar en mi defensa para justificar mi paso por caja pagando lo que llevaba a menor precio? Por que digo que cambie las etiquetas pues un empleado me dijo que las cosas que estaban arriba en la exposión tenían mal las referencias y los precios y eso me dio la idea en el almacén para ponerlos a otro pues el que yo buscaba lo tenia agotado les quedaba el caro. Gracias de nuevo
Lo que no entiendo es porque si vieron desde las cámaras el cambio de etiquetas no me avisaron y esperaron a que pagara por caja que ganan poniendo denuncias si me hubieran advertido no lo hubiera cambiado y habrían ganado una venta cosa que de esta manera han perdido.
Y además a mi marido que salio primero y le retuvo no le dejo usar el teléfono móvil para evitar que me llamara y me avisara, ¿yo creía con el susto que dentro del establecimiento tenían autoridad para retenernos y no usar el móvil pero ahora que lo pienso me parece un atropello y tenia que haberla denunciado yo también a ella no?
Eres muy amable, ¿te agradezco enormemente tu tiempo muchísimas gracias de veras?
¿Qué puede argumentar en mi defensa para justificar mi paso por caja pagando lo que llevaba a menor precio? Por que digo que cambie las etiquetas pues un empleado me dijo que las cosas que estaban arriba en la exposión tenían mal las referencias y los precios y eso me dio la idea en el almacén para ponerlos a otro pues el que yo buscaba lo tenia agotado les quedaba el caro. Gracias de nuevo
Hasta que usted no sale del establecimiento no puede hablarse de estafa, ya que cuando pasó por caja decidió devolver el producto, cosa que le impidió la guarda jurado. No veo posible denunciar a la guarda jurado, ya que no le inmovilizó ni nada parecido, simplemente les dio una serie de órdenes, pero podría rellenar una hoja de reclamaciones.
¿Y si me dicen que había intencionalidad en mis actos que alego?
Pues no se a lo que me enfrento en el juicio, sólo los he visto en películas, no se si me van a interrogar, si me van a dejar contar mi versión, si tengo derecho a ver las imágenes, ¿no se que derechos tengo en definitiva?
¿Dicta sentencia el juez en el momento y me lo comunican en el acto o es más tarde por escrito?
Mil gracias de nuevo me estas siendo de muchísima ayuda.
Pues no se a lo que me enfrento en el juicio, sólo los he visto en películas, no se si me van a interrogar, si me van a dejar contar mi versión, si tengo derecho a ver las imágenes, ¿no se que derechos tengo en definitiva?
¿Dicta sentencia el juez en el momento y me lo comunican en el acto o es más tarde por escrito?
Mil gracias de nuevo me estas siendo de muchísima ayuda.
Tiene que decir que al principio tenía intención de llevarse el producto, pero después de pasar por caja se arrepintió y decidió devolverlo. Le van a interrogar en el juicio, y usted tiene derecho a contestar a las preguntas que le hagan o a no contestar, o a contestar solo a las que usted quiera. También tiene derecho a presentar pruebas, las que no se puedan practicar en el juicio las tiene que pedir con más de tres días de antelación. La sentencia se la notificarán por escrito, se dicta en el acto si está conforme con la condena más grave que se pida.
No se que quiere decir: se dicta en el acto si está conforme con la condena más grave que se pida.
¿Es qué la parte acusadora la que pide la condena? ¿No es sólo decisión del juez?
¿Debo ir con abogado?
Muchas gracias eras de mucha ayuda.
¿Es qué la parte acusadora la que pide la condena? ¿No es sólo decisión del juez?
¿Debo ir con abogado?
Muchas gracias eras de mucha ayuda.
En el juicio estará el fiscal, y pedirá una condena. Puede que esté también representado el centro comercial. Uno de los dos o ambos pedirán que se le condene por ser responsable de los hechos. El juez siempre decide, pero en función de lo que pidan el imputado y los acusadores. En los juicios de faltas es posible la autodefensa, pero siempre es recomendable ir con abogado, ya que es el experto en la materia.
No me ha quedado clara la frase:
La sentencia se la notificarán por escrito, se dicta en el acto si está conforme con la condena más grave que se pida.
¿Si llevo abogado no me va a costar más que la multa? Gracias
La sentencia se la notificarán por escrito, se dicta en el acto si está conforme con la condena más grave que se pida.
¿Si llevo abogado no me va a costar más que la multa? Gracias
Si está conforme con la pena más grave que se pida entonces la sentencia se dicta en el acto mismo del juicio. En caso contrario la sentencia se dicta unos días más tarde y se la notificarán por correo. Lleve abogado o no la pena por esta falta es de localización permanente o multa, a criterio del juez.
Ok ahora lo entiendo.
Pero entonces, aunque yo diga y el juez se crea: ¿Qué no hay estafa porque yo no me pararon en la salida me ponen por fuerza multa?
¿Si no estoy de acuerdo con la multa que debo hacer a quien se lo digo?
¿Tengo el derecho de rebatir de algo que me acusen y sea falso?
Gracias, gracias...
Pero entonces, aunque yo diga y el juez se crea: ¿Qué no hay estafa porque yo no me pararon en la salida me ponen por fuerza multa?
¿Si no estoy de acuerdo con la multa que debo hacer a quien se lo digo?
¿Tengo el derecho de rebatir de algo que me acusen y sea falso?
Gracias, gracias...
El juez le condenará si entiende que se ha demostrado que usted ha cometido esa falta, en caso contrario le absolverá. Si no está de acuerdo con la sentencia puede recurrirla en apelación. Usted en el juicio, o su letrado, cuando el juez le conceda la palabra, tendrá la oportunidad de defenderse y valorar las pruebas.
Gracias, ¿mañana es el juicio algún consejo que me pueda ayudar a pasar el mal trago?
Gracias...
Gracias...
El consejo que le puedo dar es el que se da cuando hay que hacer un examen, intentar estar tranquilo y llevar la lección aprendida. Suele ser útil ensayar las alegaciones, en plan examen, y llevar un esquema sobre los puntos que vaya a utilizar en su defensa. Lo importante es tener claro antes de entrar en sala qué es lo que se va a decir y cómo decirlo, y además tomar notas según transcurre el juicio. Esas notas pueden serle de ayuda a la hora de interrogar a los testigos y en el alegato.
Muchas Gracias al cuadrado.
¿Lo qué no se es cómo voy a poder justificar las imágenes del cambio de pegatinas?
¿Voy decir que al no haber atravesado ni intentado atravesar los arcos de seguridad quería devolver la compra pero aun así me va a preguntar porque cambiamos los precios que digo?
¿Lo qué no se es cómo voy a poder justificar las imágenes del cambio de pegatinas?
¿Voy decir que al no haber atravesado ni intentado atravesar los arcos de seguridad quería devolver la compra pero aun así me va a preguntar porque cambiamos los precios que digo?
Cambió las pegatinas porque quería llevarse el producto pagando menos, al principio su idea era estafar al centro comercial. Pero al pasar por caja se arrepintió y se disponía a devolver la compra cuando la guardia jurado se lo impidió. Al no haber abandonado el lugar de los hechos no se ha cometido falta.
Ya se ha celebrado el jucio, ¿nos han acusado de tentativa de estafa con una multa de un mes a 6? ¿A mi marido y de un mes a 4? A mi.
¿Qué le parece?
¿Qué le parece?
Normalmente los juzgados no suelen poner menos de 6 euros de multa diaria, a no ser que la situación económica del condenado lo aconseje, y han pedido la pena mínima. Supongo que solo se ha presentado el fiscal. No entiendo cómo han acusado a su marido, creía que solo estaba usted denunciada, ni por qué la multa en el caso de su marido es de 180 euros y en su caso 120. Era de esperar que se formulara acusación contra usted, pero eso no quiere decir que le vayan a condenar.
Yo también esperaba que no nos condenara al no intentar salir pero a la fiscal y a la jueza que estaba usando el móvil cuando le ha sonado les ha dado igual.
Muchísimas gracias, más de un 10 se merece de puntuación.
Muchísimas gracias, más de un 10 se merece de puntuación.
Si en el juicio no ha dicho que está conforme con la pena no se ha podido dictar sentencia. Todavía no se puede saber si le van a condenar o no.
Si, dijimos que estábamos conforme pues la jueza nos dijo que sin abogado además no podíamos apelar, aunque no estábamos conformes que íbamos ha hacer meternos en más complicaciones, nos han dado el numero de cuenta de banesto para que hagamos el ingreso antes de 10 días sino nos lo embargan de nuestros bienes.
En los mal llamados juicios de faltas, ya que son algo más que juicios, son procedimientos, no es necesario abogado ni procurador, tanto en primera instancia como en la segunda, es decir, en apelación. Sería absurdo permitir que una persona pueda defenderse sola en un juicio, lo cuál ya es un disparate, y no pueda presentar un escrito recurriendo la sentencia que se haya dictado en ese juicio. No cabe ninguna duda de que se necesita más habilidad en sala que al presentar un escrito. No pueden apelar porque manifestaron su conformidad con la condena solicitada, sin abogado y procurador se puede apelar perfectamente.
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