Solicitud de incapacitación

Mi madre padece de Alzheimer, y cuando fui a la Asistente Social para solicitar la ayuda por lo de la Ley de Dependencia, junto con los documentos para las ayudas que da esa ley, me dio una Solicitud de Incapacitación, que, me dijo, debería presentar en el juzgado, pero apenas me dio más información. ¿En qué me perjudica y beneficia a mi el hecho de incapacitar a mi madre?

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En el procedimiento de incapacitación, el médico forense irá a ver a tu padre, emitirá un informe y le dirá al Juez si está incapacitado para regir su persona y sus bienes. Si es así y le declaran incapaz, citarán a los más allegados para ver quien es la persona más idónea para ser el tutor del incapaz. = Molestias borocráticas.
El que sea nombrado tutor, debe rendir cuentas al fiscal anualmente de los ingresos y los gastos del incapaz = Molestias judiciales
A la hora de vender inmuebles del incapaz, para pagar residencia, etc, ya está medio camino andado, solo hace falta solicitar el tutor una autorización judicial de venta de bienes del incapaz. = Ventaja si se quiere vender algún bien.
Todas las incapacidades que se llevan en el Juzgado (que he llevado yo), se hacen porque el incapaz va al Notario a vender algún bien, y el Notario dice que no puede autorizar esa compraventa dado que el incapaz no sabe ni lo que va a firmar, ni que va a hacer.
Pero no había oído lo de también para la Ley de la dependencia, una cosa es que valoren su incapacidad administrativamente y otra cosa que le declaren incapaz judicialmente con nombramiento de tutor. Me ha extrañado la pregunta.
Hola de nuevo.
Un par de detalles que se me olvidó mencionar es que yo soy le único hijo que vive con ella y cuida de ella, y las otra dos hijas no quieren contacto con nosotros. No se si esto cambia las cosas. ¿Y Qué pasaría si no solicito la incapacitación?
Muchas gracias
Por la información que te han dado, no te darán las ayudas de la Ley de la Dependencia, pero ya te digo que me parece raro.
Y ya te digo, que las incapacitaciones judiciales que se hacen, lo son con el objetivo de vender bienes del que ha ido a la notaría, y el Notario dice que no puede firmar porque no se entera y hay que nombrarle un tutor (que por lo que dices, el más idóneo serías tu) y pedir la autorización judicial para la venta de los bienes del incapaz.

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