Articulo 853-2° del código civil

Me puede indicar el contenido del articulo 853-2° del código civil. El testamento de mi suegro se refiere a ese articulo para justificar que deshereda a su hijo y su nieto a favor de su compañera. No teníamos ninguna mala relación con el solo que nos veíamos poco por vivir al extranjero y quisiera saber si nos conviene denunciar el testamento por invalidez.

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El art 853 del código señala: Serán también justas causas para desheredar a los hijos y descendientes, además de las señaladas en el artículo 756 con los números 2, 3, 5 y 6, las siguientes:
1º Haber negado, sin motivo legítimo, los alimentos al padre o ascendiente que le deshereda.
Haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra.
Si impugnáis el testamento deberá ser la persona favorecida por el quien tenga que demostrar que esa causa es cierta

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