Me exigen que aprenda ingles en el trabajo

Buenas tardes,
Llevo 5 años y medio trabajando en una empresa como recepcionista, secretaria de dirección y estoy indefinida.
Hace unos días mi jefe me exigió que o aprendía ingles o me despedía. Es la primera noticia que tuve pues en mi contrato nunca se especificó que tuviera que aprender ingles y además tampoco me lo había dicho con anterioridad.
Mi pregunta es si sería o no procedente que me despidiera por este motivo. Yo estoy decidida a intentarlo pero no sé si aprenderé con la rapidez que él lo requiera. ¿Me gustaría saber cuales son mis derechos en el caso de que dijera que me despide por este motivo?
Gracias.

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La empresa no puede despedirte sin más, debe basar tu despido en algunas de las razones que la ley establece
El art 52 b prevé la posibilidad del despido por causas objetivas: Por falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas operadas en su puesto de trabajo, cuando dichos cambios sean razonables y hayan transcurrido como mínimo dos meses desde que se introdujo la modificación. El contrato quedará en suspenso por el tiempo necesario y hasta el máximo de tres meses, cuando la empresa ofrezca un curso de reconversión o de perfeccionamiento profesional a cargo del organismo oficial o propio competente, que le capacite para la adaptación requerida. Durante el curso se abonará al trabajador el equivalente al salario medio que viniera percibiendo
Debería ser la empresa quien acreditase que esa adaptación es imprescindible para el puesto que desempeña y el juez admitirlo si usted lo impugna
En todo caso por despido objetivo corresponde una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, si el empresario no lo pone a su disposición en el momento del despido se considerará despido improcedente
Por despido improcedente corresponde una indemnización de 45 días de salario por año trabajado salvo que la empresa acuerde su readmisión
Si llegará el caso y la empresa procediera despedirla deberá presentar inmediatamente una papeleta de conciliación ante el órgano de conciliación de su comunidad autónoma y en caso de no llegarse a acuerdo demanda (dispone de un plazo de 20 días hábiles), lo mejor es que acudiera inmediatamente a un abogado para su tramitación

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