Reclaman una herencia

Resulta que un tío mio, se murió hace 12 años y su mujer se murió hace 16 años. No tenían descendencia, no tenían hijos y yo era su sobrino favorito de mi tío. Yo lo cuide cuando estaba enfermo y cuando murió yo hice todo el papeleo del funeral. Pues mi tío me dejo en herencia su casa ya que no tenia a quien dejárselo y me lo dio a mi. Se arreglo todo en la notaria y la casa paso a mi. Con todo firmado y todo el papeleo. Hace 6 años largos, casi 7, que yo vendí la casa. Pague su correspondiente tributo a hacienda y todo. Ahora resulta que después de ese tiempo he recibido una demanda de los hermanos y sobrinos de la mujer de mi tío, que se murió hace 16 años reclamando la mitad de la venta de la casa. ¿Eso esta bien? ¿Qué puedo hacer? ¿Tengo qué darle la mitad de la casa a ellos?
El régimen económico en que estaban no tengo ni idea, supongo que si estaban casados, no se, murieron cuando tenían más de 70 años, ahí no te puedo ayudar.
Mi tía no hizo ningún testamento y la localidad es catadau (valencia) .
Esta es la historia más o menos para que puedan hacerse una idea. Ahora resulta que el abogado de las personas que nos reclaman parte de la herencia, ha investigado y resulta que han encontrado un papel que se supone que pone que mis tíos estaban separados legalmente, pero ni yo ni el abogado hemos visto el papel en cuestión.
Supongo que la casa estaría registrada en el Registro de la propiedad a nombre de ambos, pero todo se hizo por notaria, así que supongo que no habría ningún problema en ese tema. En el tema de los sobrinos, uno es abogado y estará investigando por su cuenta y resulta que tiene un papel que dice que estaban separados, ¿cómo puede el encontrar ese papel de hace 15 años y nosotros no supiéramos nada? Supongo que como abogado que es esa persona, sabrá lo que se hace, no se si sera rabieta o que, pero mi abogado ha hecho sus alegaciones y dice que si perdiéramos pues tendríamos que pagar entre 7 u 8000 euros más los gastos. Si perdiéramos, ¿qué me aconsejas?
. He leído que si mis tíos estaban legalmente separados pero yo no he visto ningún papel que demuestre que estaban separados, ya que mi tía abandonó el hogar, se fue ella, nadie la tiró y de tal caso desconozco el papel de separación. La ley de suscesion (si se llama así) o la sucesión intestada va en el siguiente orden: 1º hijos y descendientes, 2º ascendientes, 3º cónyuge viudo (ya que desconozco el papel de separación) 4º hermanos e hijos de hermanos, 5º hasta 4º grado y 6º el estado.. Se supone que mi tío nos dejo la herencia sin saber esto pero la herencia se hizo por escrito y en la NOTARIA. Esta notaria, se supone que primero averiguó si habían herederos y como no habían hizo el testamento a favor de mi madre, y mi tío firmó, una de dos, o nos están timando, o la notaria no hizo su trabajo, ¿se le puede denunciar a la notaria y que corra ellos con los gastos?
Más datos: la casa se compró a medias, desconozco si estaban casados a bienes gananciales o separación de bienes, pero sé que si es por separación de bienes no me pueden reclamar nada. Cuando fallece una persona, todas las deudas, bienes, etc.. Pasan a los herederos que señale cada persona en su ultimo testamento, o sea, mi tía no dejo a nadie y mi tío me lo dejo a mi. Creo que con un certificado de defunción, con un certificado del registro de actos de ultima voluntad o con una copia autentica del notario se puede aclarecer algunas cosas.
Después de pasar todo este tiempo (casi 16 años), ¿no cree que ya ha expirado la prescripción de la acción de los demandantes? ¿O de cuanto tiempo estamos hablando de esa expiración?
¿Esta bien hecha la herencia?
Perdona que lo haya escrito así sin respetar ningún orden, pero estoy nervioso y quisiera saber como está el tema o que es lo que me aconseja. Mi mujer lo habló con un abogado, del cuál yo desconfío, y como es tan raro que no sepa de la existencia de la separación de mis tíos, me cobre un dinero por adelantado, no averigüe casi nada, porque todo lo que le estoy preguntando lo estoy consultando por Internet, y como sabe el abogado de las otras personas, sin tener la escritura de la casa, ¿lo qué costó la venta? ¿Crees qué hay alguna conspiración?
Otra cosa, ¿un abogado me puede pedir dinero por adelantado sin ningún recibo?
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Es toda una avalancha de información, aunque tengo que decirte que pocos datos son relevantes. Vamos por partes:
1.- Doy por hecho que si hay una demanda de por medio, la parte contraria ha realizado las averiguaciones pertinentes y la mitad de la propiedad era de tu tía, no importa si en ganancial o en separación de bienes, el 50% era suyo.
Esta información es fácil de conseguir, solo hay que acudir al registro de la propiedad y pedir información sobre la finca en cuestión. Si se pide una nota simple, vendrán unos datos escuetos sobre la titularidad, porcentajes, cargas, etc. Pero también se puede pedir una nota más extensa, donde podemos saber todas las operaciones en las que ha participado el inmueble, fechas, notario, etc. Si aún necesitamos más información y somos parte interesada (herederos por ejemplo) podemos acudir a la notaría a sacar una copia de la escritura que nos interese. Por lo tanto nada de "conspiraciones", más bien trabajo de investigación bien realizado.
2.- Está claro que tú eres el heredero de tu tío, ya que hay un testamento que así lo constata. Pero ¿quién es el heredero de tu tía? Si falleció estando casada y sin descendientes o ascendientes, sería tu tío y tú después. Pero si falleció estando legalmente separada la cosa cambia, se podría considerar que los herederos son sus hermanos y sobrinos.
Si estaba legalmente separada tiene que haber constancia en el juzgado de los trámites realizados.
3.- La notaría no se dedica a hacer averiguaciones, te exige que presentes la documentación que conforme a ley es necesaria. En este caso certificado de defunción, de últimas voluntades, testamento o declaración de herederos. En la notaría no pueden saber si tus tíos estaban separados o no. Descarta ir contra la notaría.
4.- Hay libre elección de abogado, si al que consultó tu mujer no te da seguridad, busca otro. Pero ten en cuenta que cualquiera te puede pedir dinero por adelantado, se llama provisión de fondos.

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1 . los abogados lo que piden entregándote un documento, es una apobisionamiento de fondos .
lo tienes un poco liado, pero bueno .
No creo que el notario que realizo la documentación se haya pillado las manos y te haya puesto algo a tu nombre si poder hacerlo .
Esto ahora es cuestión de que te muevas en el registro notario etc etc,
lo primero es saber como llego a poder de tu tío esa propiedad, si es una herencia de el, si la compro,
Averiguar si estaban separados y ya habían realizado la separación de gananciales, etc.
Por el lio, creo que deberías contar con el asesorameinto de un abogado y si no te fías del que consulto tu mujer, busca otro,
es lo mejor
yo estoy con una herencia si esos problemas y me he vuelto loco buscando papeles y papeles m, parece que no acaba nunca.
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Yo no puedo ofrecerle el asesoramiento con las garantías que le está dando su abogado, pues él tiene acceso a toda la documentación que yo no tengo acceso, sería temerario por mi parte darle un consejo de lo que tiene que hacer, y deontológicamente no puedo entrometerme en un asunto que está llevando un compañero
La cuestión en su caso sería si efectivamente había separación o no, eso lo deberá demostrar quien lo afirme, si han presentado la demanda y no han presentado ese documento, se puede impugnar su no aportación con la demanda y su intento de aportación anterior, además de impugnar su autenticidad y discutir en su caso que con ese documento se entienda que existía separación
Este tema es lo suficientemente complejo para intentar guiarle desde aquí, lo principal es la confianza en su abogado, si se ha presentado la demanda el deberá haber contestado o estar preparando la contestación, el juicio queda encorsetado por lo alegado en la demanda y contestación pues los hechos no pueden ya variarse después y los documentos deben presentarse con la demanda y contestación
El abogado tiene derecho a pedirle una provisión de fondos y usted a que le entregue un recibo justificativo de la entrega de esa cantidad

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