Compraventa de parcela no inscrita en el catastro

Estoy hecha un lio y por más que que pregunto nadie (ni el propio ayuntamiento) me saca de dudas. Veremos si usted me puede ayudar, a continuación le explico mi caso.
Hemos señalizado la compra de una parcela al ayuntamiento que es en este caso quien nos vende el terreno. Nosotros tenemos la adjudicación provisional de la misma pero ahora mismo nos encontramos en el proceso de que lo eleven en el pleno para hacerla definitiva a falta de que lo publiquen en el boletín oficial de las provincias. Y hasta aquí todo bien. La finca urbana que elegimos se trata de una parcela de 800m de la cual se segregaron 325.50m que seria nuestra parte. A partir de aquí comienzan mis dudas y es que no encuentro ni en ningún documento aparece cuales son mis linderos, solo se que me corresponden 325.50m. He llamado varias veces al ayuntamiento y allí me cuentan que al tratarse de un polígono con tres lineas fijas (detrás hay un campol de fútbol municipal y a un lado un vecino, al otro se queda la finca matriz) simplemente lo que tenemos que hacer es hacer una linea perpendicular. Pretenden que de esto se encarguen nuestros propios arquitectos en vez de la arquitecta municipal. Y digo yo ¿No me tendrían que vender la parcela con los hitos ya puestos o por lo menos señalados con pintura de spray? ¿Dónde tienen que venir los metros de los linderos? Y digo esto por que en la hoja de reparcelación viene con la parcela de 800m. Mi sorpresa es que cuando les pregunto por la ref. Catastral me dicen que a día de hoy nadie ha ido a llevar elos documentos de esta segregación. ¿Esto me puede ocasionar algún problema a la hora de pedir la hipoteca? ¿Qué tramites y que gastos conlleva? ¿Quién se debe hacer cargo de los gastos?
Solo decirle que dispongo de la nota simple en la cual si que aparece esa segregación 325.50m con los linderos en los cuales solo apracen al sur la finca matriz al este con la c/ de tal y al oeste la c/ de tal... En fin donde puedo encontrar los metros el ancho, largo y demás...
No se si me ha podido entender, el caso es que si necesita ampliar la información no dude en preguntarme.

2 respuestas

Respuesta
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No enteido mucho pero, esta cosas siempre dand un poc la lata, pero si tienes la nota simple y te indican los linderos, el resto es cosa tuya con los arquitectos que te vayan a cosntruir, o que te marque los linderos si l oprefieres . después tienes que darla de alta en el catastro . como la venta sera de ayuntameintoe, me imagino que te dará todo correcto y no tendrás problema con la hipoteca .
Por regal general, cuando compras una propiedad, los gastos de inscripción, notariales etc etc etc son por cuenta del ocmprador
tendrías que ir igual a catastro a cambiar de nombre la finca, vet cuando la tengas y regístrala .
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El tema va a ser algo complicado si el Ayuntamiento se empecina
Exíjanle el deslinde de ese terreno antes de la toma de posesión, pues lo que adquieren es una parcela determinada y es el Ayuntamiento quien les debe determinar que es lo que le vende, la reclamación deberá presentarla por duplicado en el registro del ayuntamiento donde le sellaran y entregaran una de las copias
La solicitud deben presentarla por escrito, si se niega el Ayuntamiento deberán reclamárselo por vía judicial
Dada la complejidad del asunto lo mejor es que sencarguen este tema a un abogado que pueda presentar estas reclamación y en su caso demanda

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