Preinscripción deudas

Debido a dos pólizas de crédito que solicite hace dos años y que no he podido liquidar me han mandado una notificación de embargo por cada póliza (estas están avaladas con un piso), me han comentado que las deudas prescriben a los 15 años, entonces esto significa que cuando el piso salga a subasta y este no cubra la deuda total de las pólizas me embargan la nomina por el importante restante entonces mi duda es; ¿Cuándo pasen 15 años ya no me pueden seguir embargando la nomina y de ese modo ya estoy libre? O por lo contrario tendré que pagar hasta el día de mi muerte.

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Como le han comentado el plazo de prescripción de las deudas son 15 años
Si la ejecución del piso no cubre el importe del crédito subsistirá el mismo por la cuantía no cubierta
Ese plazo de 15 años puede ser interrumpido por reclamaciones, la reclamación interrumpe la prescripción y hace contar un nuevo plazo de 15 años
En todo caso mientras se está pagando el crédito con el embargo de la nómina no corre plazo de prescripción, el mismo solo corre cuando deja de pagarse, pero como le he dicho basta una reclamación para interrumpir el plazo y hacer contar otros 15 años

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